El Consejo de Gobierno ha aprobado el proyecto de Ley de Ayuda a las Víctimas del Terrorismo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que será remitido a la Asamblea Regional para su tramitación parlamentaria. El objetivo de esta Ley es dotar de un marco específico a quienes hayan sido o puedan ser víctimas de actos de terrorismo.
Así, el texto legal prevé ayudas y medidas asistenciales y económicas que consisten en indemnizaciones por daños físicos y psíquicos, reparaciones de daños materiales, prestaciones asistenciales, ayudas extraordinarias, creación de un Fondo de Solidaridad, subvenciones crediticias, beneficios fiscales y distinciones honoríficas.
Se prevé, asimismo, la concesión de subvenciones a las asociaciones, fundaciones, entidades e instituciones sin ánimo de lucro, cuyo objeto principal sea la representación y defensa de los intereses de las víctimas y afectados, así como el otorgamiento de distinciones honoríficas a quienes se hayan destacado por su lucha y sacrificio contra el terrorismo.
Los beneficiarios de las ayudas serán las víctimas de actos terroristas, indistintamente de su lugar de origen, que hayan sufrido este tipo de violencia en la Región, así como aquellos que tengan la condición política de murcianos, es decir, que estén empadronados en la Comunidad y hayan padecido esta lacra en cualquier parte del mundo.
También se beneficiarán los familiares de las víctimas hasta el segundo grado de consanguinidad, los cónyuges, si no estuvieran separados legalmente, o personas con relación de afectividad análoga a la conyugal, así como las personas que hayan sufrido daños materiales.
Así mismo, se podrá recibir indemnizaciones por fallecimiento, gran invalidez, incapacidad permanente parcial, total y absoluta, incapacidad temporal y lesiones de carácter definitivo no invalidantes.
Esta normativa también amparará la reparación derivada de actos terroristas ocasionados en viviendas, sedes de partidos políticos, sindicatos y organizaciones sociales, establecimientos mercantiles o industriales, o en elementos productos de las empresas, así como vehículos.
Hasta 60.000 euros
El importe máximo fijado por la Ley para las indemnizaciones por daños físicos, psíquicos y materiales para cada beneficiario, en relación con los daños sufridos por acto terrorista, es de 60.000 euros. Será requisito imprescindible la previa solicitud a la Administración General del Estado de las indemnizaciones y compensaciones que para estos supuestos tiene prevista en su normativa. De esta forma, la Comunidad Autónoma incrementará las cantidades concedidas por el Estado en un 30 por ciento.
La Ley también regula seis clases de prestaciones asistenciales, de las que también se hará cargo la Comunidad Autónoma: asistencia sanitaria, psicológica, psicopedagógica, gastos de estudios, prestaciones laborales, y proporcionar alojamiento y vivienda de forma provisional mientras se reparan los daños.
En total, esta normativa consta de siete capítulos, 28 artículos, una Disposición Adicional, una Transitoria y dos Finales que persiguen mejorar las actuaciones del Estado reguladas en las Leyes 13/1996 de 30 de diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas, y del Orden Social, así como la Ley 32/1999 de 8 de octubre de Solidaridad con las Víctimas del Terrorismo.