Anulan la condena por amenazas contra su ex esposa porque ésta no las escuchó

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Murcia, 13 jun (EFE).- La Audiencia Provincial de Murcia, en una sentencia a la que ha tenido acceso EFE, ha anulado la condena que un Juzgado de lo Penal impuso a J.S. por lanzar amenazas contra su esposa, con la que estaba en trámites de separación, porque ésta no tuvo conocimiento de las mismas.

La Sección Tercera, en una ponencia de su presidenta, María Jover, invoca una sentencia del Tribunal Supremo según la cual "debe entenderse consumado el delito de amenazas cuando las expresiones que lo constituyen hayan llegado a conocimiento del amenazado".

"En este caso, añade la Sala, no se ha acreditado que la esposa llegara a tener conocimiento de la amenaza", por lo que acepta el recurso presentado por el esposo y anula la condena impuesta por el Juzgado de lo Penal número 5 de Murcia en sentencia de octubre de 2008.

Afirma la Audiencia Provincial que J.S. fue condenado por un delito de amenazas leves sobre la mujer, "entre otras penas, a la prohibición de acercamiento a su esposa, a su domicilio, lugares de trabajo y cualquier otro frecuentado por ella, a una distancia no inferior a trescientos metros, y de comunicación por dos años", medidas que ahora son revocadas. EFE

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