Murcia, 7 jun (EFE).- La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ) ha desestimado el recurso presentado por un trabajador contra la sentencia del Juzgado de lo Social número Siete, que el pasado septiembre estimó procedente su despido por haber agredido a un compañero.
La sentencia del TSJ, a la que ha tenido acceso EFE, señala que M.S. entró en las oficinas de la empresa "I.I., S.A." en abril de 2008 "y golpeó en la espalda a un compañero, J.G., quien en ese momento trabajaba en el ordenador".
"Este último reaccionó a la agresión, añade la sentencia, empujando al demandante contra una impresora, y éste, a su vez, agarró por el cuello a aquél, y ambos se zarandearon".
La empresa consideró los hechos como constitutivos de una falta muy grave y procedió al despido de los dos, aunque el de J.G. fue declarado improcedente por el Juzgado de lo Social número Cuatro de Murcia.
M.S. recurrió también contra su despido, pero el Juzgado número Siete lo declaró procedente y convalidó la extinción del contrato de trabajo.
Ahora, la Sala de lo Social, al confirmar la sentencia del Juzgado, afirma que "los hechos declarados probados describen una agresión física a un compañero que se encontraba trabajando y no existe dato alguno que revele la ausencia de intencionalidad o que la agresión tuviera una finalidad distinta de la intimidatoria".
Añade que "el hecho de que la violencia no fuera extrema o de superior entidad y que la situación de desafío no se extendiera durante un tiempo mayor no puede servir para rebajar la gravedad de la falta, pues los trabajadores están obligados a desenvolverse en el trabajo sin violencia". EFE