Los usuarios que viajen con niños menores de tres años en el servicio de transporte público podrán hacerlo con el carrito desplegado

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Será posible realizar este uso en los autobuses de líneas urbanas e interurbanas sin recargo sobre el precio del billete del niño

Los usuarios que viajen con niños menores de tres años en el servicio de transporte público podrán hacerlo con el carrito desplegado

La medida sirve para garantizar el uso del transporte público de la Región a los ciudadanos que realicen los trayectos acompañados de niños

La Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio ha aprobado una Orden que regula las condiciones para los usuarios de los servicios de transporte público regional de viajeros por carretera que vayan acompañados de niños menores de tres años, que podrán acceder a partir de ahora a la flota regional de autobuses en carricoches, sillas o carritos desplegados.

Según indicó el consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, José Ballesta, “con esta sencilla medida los adultos que viajen con niños en carritos empleando el autobús podrán hacer uso de un servicio público como es el transporte de viajeros, con la máxima comodidad posible y sin que subir el carrito desplegado suponga recargo sobre el precio del billete del niño”.

Para el consejero, “la norma es una de las iniciativas de mejora continua del servicio público de viajeros por carretera que lleva a cabo el Ejecutivo autonómico, desde donde además de implantar medidas para el fomento del transporte público, y mejorar las tarifas, también se desarrollan medidas que, como ésta, se plantean con la vocación de mejorar el servicio del transporte colectivo de viajeros a los ciudadanos de la Región de Murcia”.

En concreto, el reglamento autoriza el acceso de niños de hasta tres años de edad que viajen con la silleta desplegada a los autobuses que admitan viajeros de pie y que dispongan de lugares habilitados para sillas de ruedas, siempre que vayan sujetos con el correspondiente cinturón. Por otro lado, la Orden indica expresamente que quienes porten coches de niños deberán respetar la preferencia de utilización de las personas con movilidad reducida que accedan al autobús en silla de ruedas.

El consejero manifestó que el acceso al autobús se efectuará preferentemente por la puerta delantera o por la puerta trasera en los casos en que esto no sea posible, y habrá de colocarse el cochecito desplegado en la plataforma central, “de forma que el niño quede situado en sentido contrario a la marcha del autobús, con el cinturón de seguridad puesto y con los dispositivos de frenado de las ruedas activados, para procurar su seguridad, y respetar el tránsito de los demás pasajeros”.

“Este nuevo reglamento facilitará el uso del transporte público de viajeros a muchos ciudadanos, padres y familiares de niños pequeños que han mostrado su interés por el desarrollo de esta normativa, cuyo objetivo último es hacer que sus trayectos en autobús resulten mucho más fáciles y cómodos, garantizando su derecho a la movilidad”, concluyó José Ballesta.

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