La Comunidad Autónoma atiende más de 6.000 peticiones de los ciudadanos para acceder al Plan de Rehabilitación de Edificios y Viviendas

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Mañana concluye el plazo fijado por el Ministerio, para solicitar las subvenciones

La Consejería puso en marcha el pasado 10 de abril una campaña para informar sobre las mismas

La Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio ha atendido, en los últimos diez días, más de 6.000 peticiones de información de ciudadanos de la Región, para acceder a las ayudas del Plan Especial de Rehabilitación de Edificios y Viviendas del Ministerio de Vivienda. El plazo para solicitar estas subvenciones concluye mañana, día 25 de marzo, obligatoriamente, debido a los plazos fijados por el Ministerio, que exige una revisión de las solicitudes previa a la entrega definitiva de la documentación.

De esta forma, todas aquellas personas interesadas pueden todavía presentar sus solicitudes en el Registro General de la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio (Plaza Santoña, número 6) o en las Ventanillas Únicas de Viviendas ubicadas en los diferentes municipios de la Región.

La Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio puso en marcha una campaña informativa el pasado diez de abril, un día antes de abrirse el plazo, mediante la distribución de más 25.000 folletos, así como de 5.000 carteles repartidos en los autobuses de todas las líneas de la Región, en entidades bancarias y de ahorro, además de las Oficinas de Informa Joven de la Región y en las Ventanillas Únicas de Vivienda.

Los ciudadanos interesados en estas ayudas pueden realizar sus consultas en el teléfono de información de Comunidad Autónoma 012 o entrar en la página web habilitada por la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, www.carm.es/rehabilitacion, donde se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas estatales. Las podrán solicitar cualquier persona o comunidad de vecinos que acometa una obra de rehabilitación a lo largo de 2009. Este programa cuenta con un presupuesto de 3,4 millones de euros, ampliable a 4,4 millones, que podrán beneficiar, según las previsiones iniciales, a más de mil familias de la Región.

Las actuaciones subvencionadas podrán ser de tres tipos: de mejora de la accesibilidad del edificio (instalación de ascensores, colocación de rampas, obras de adaptación de las viviendas a las necesidades de personas con discapacidad o de personas mayores de 65 años); arreglo de fachadas, vigas y estructuras, y mejoras de eficiencia energética, higiene, salud y protección del medio ambiente, como son la instalación de placas solares y sistemas de eficiencia energética o mecanismos de ahorro de agua.

Requisitos solicitados

Los únicos requisitos solicitados para pedir las ayudas son una memoria de las actuaciones a realizar, una descripción de las obras, el presupuesto de gastos, fotografías de las zonas objeto de actuación y un plano de situación.

El propietario o el inquilino podrán solicitar las ayudas siempre que estén empadronados en el piso donde se va a realizar la obra. En el caso de que las actuaciones afecten a elementos comunes del edificio, también las podrán solicitar las comunidades de vecinos, y además de los organismos públicos, para inmuebles de su propia titularidad.

La cuantía económica de las ayudas puede alcanzar los 24.000 euros, subvencionándose, asimismo, hasta el 85 por ciento de los gastos de redacción de proyecto, en el caso que sea necesario, con un máximo de 1.200 euros. Las actuaciones que cumplan los requisitos se calificarán por orden de prelación, según la fecha de solicitud, siempre y cuando exista crédito suficiente.

El pago de la subvención se realizará directamente al solicitante individual mediante el ingreso en su cuenta bancaria, y el plazo máximo de resolución del procedimiento será de 6 meses desde la fecha de comunicación del final de las obras y presentación de las facturas. Una vez concedida la calificación previa se podrá proceder al inicio de las obras, que deberá hacerse en cualquier caso antes del 10 de octubre de 2009. Para la justificación de dicho inicio deberá presentarse en la Dirección General de Vivienda y Arquitectura la correspondiente licencia de obras, o acta de replanteo, siempre antes de la fecha indicada

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