Murcia, 16 feb (EFE).- La Audiencia Provincial de Murcia, en una sentencia a la que ha tenido acceso EFE, ha confirmado otra del Juzgado de lo Penal número 2 que condenó a un hombre al pago de una multa de 270 euros por apropiarse de los 3.500 euros que contenía la cartera que acababa de perder el promotor de una obra y que deberá devolver.
El tribunal desestima así el recurso presentado por S.G., quien consideró que se había vulnerado el principio de presunción de inocencia y que no se había probado que la cartera extraviada llevara la citada cantidad de dinero.
Para la Sala, los hechos por los que fue juzgado S.G. quedaron probados por la declaración de la víctima y por la de tres testigos, dos de ellos obreros de una construcción próxima a aquella en la que el perjudicado perdió la cartera y que aseguraron haberle visto agacharse y recogerla del suelo.
Respecto a las dudas que podía suscitar el que contuviese una cantidad de dinero tan abultada, el tribunal comenta que "aunque importante para una economía doméstica y extraño de llevar encima para un particular, no deja de ser una cantidad elevada, pero no desorbitada o anormal en un empresario dedicado a la construcción". EFE