Murcia, 10 oct (EFE).- La Audiencia Provincial de Murcia, en una sentencia a la que ha tenido acceso EFE, ha confirmado la que en enero de 2007 dictó un Juzgado de Primera Instancia y en la que se condenó a un establecimiento de estética a indemnizar a la clienta que había sufrido quemaduras en las piernas.
El tribunal ratifica así la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Murcia y obliga a la empresa "C.D." a pagar a F.A. la cantidad de 10.040 euros, por lo que desestima así el recurso de apelación presentado por la firma demandada.
La Audiencia coincide con el criterio del Juzgado y considera probado que F.A. sufrió las quemaduras en ambas piernas "por una aplicación inadecuada de un tratamiento de fotodepilación con luz pulsada".
Y añade que las lesiones fueron de mayor importancia en la pierna derecha, donde alcanzaron la consideración de quemaduras de segundo grado, y confirma que las mismas fueron consecuencia "de un exceso en la intensidad del láser".
La Audiencia confirma la sentencia inicial e impone el pago de las costas causadas por el recurso a la empresa demandada. EFE