Nueva gradación en la valoración policial del nivel de riesgo de violencia contra la mujer

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En la Región hay siete casos considerados “extremos”

Los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado han intensificado la vigilancia en torno a aquellas mujeres que han sido objeto de violencia de género y cuyos casos han sido considerados de riesgo extremo, según la nueva gradación que entró en vigor recientemente. En la Región de Murcia, dichos casos son 7, según ha informado el delegado del Gobierno, Rafael González Tovar.

González Tovar ha señalado que, en la línea de mejora y perfeccionamiento constante del sistema de valoración de riesgo de violencia contra la mujer en los supuestos de la Ley Orgánica 1/2004, se ha incorporado al protocolo una nueva gradación del nivel de riesgo apreciado (el citado de “riesgo extremo”) con la adaptación de las medidas policiales a la nueva escala.

Este nuevo nivel de riesgo implica:

Vigilancia permanente de la víctima, hasta que las circunstancias del agresor dejen de ser una amenaza inminente.

Control intensivo de los movimientos del agresor, hasta que deje de ser una amenaza inminente para la víctima.

En su caso, vigilancia en entradas/salidas de los centros escolares de los hijos.

El órgano Judicial y Fiscal competente recibirá las comunicaciones del nivel de riesgo de cada víctima, junto con un informe de los principales factores de riesgo apreciados (violencia sufrida por la víctima, relaciones mantenidas con el agresor, antecedentes del propio agresor y su entorno, circunstancias familiares, sociales, económicas y laborales del la victima y agresor, retirada de denuncias, reanudación de convivencia o renuncia de la víctima al estatuto de protección concedido).

Del mismo modo, recibirán todas las estimaciones de la evolución del nivel de riesgo que se realicen periódicamente siempre que supongan una modificación a mayor o menor gravedad de la última valoración de riesgo comunicada:

Nivel “extremo”, cada setenta y dos horas

Nivel “alto”, cada siete días

Nivel “medio”, cada treinta días

Nivel “bajo”, cada sesenta días

En todo caso se realizarán nuevas valoraciones siempre y cuando lo solicite la Autoridad Judicial, el Ministerio Fiscal o cuando se conozcan cambios significativos en las circunstancias y/o conducta de la víctima o del agresor.

En el caso de discrepancias entre las medidas de protección policial acordadas por el órgano judicial y las que resulten de la valoración del riesgo policial, se aplicarán siempre las acordadas por el órgano judicial y se informará de inmediato a la autoridad judicial de la discrepancia existente para que se acuerde lo que proceda.

COMUNICACIÓN DE EXCARCELAMIENTOS

Por otra parte, hay que señalar que un total de 96 casos de excarcelamiento, temporales o definitivos, han sido comunicados durante el primer semestre del año por la Delegación del Gobierno, a través de su Unidad de Coordinación contra la Violencia de la Mujer, a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, a fin de impedir nuevas agresiones a personas que ya fueron víctimas de agresiones.

Según informa la responsable de la citada Unidad, Francisca Munuera, el seguimiento de los penados por violencia de género es fundamental para garantizar aún más la protección a las víctimas, ya que “como recoge el informe de evaluación de la aplicación de la Ley, es cierto que se han producido casos de violencia de género, con resultado de muerte incluso, cuando existía una Orden de Protección en vigor, pero también los mecanismos de coordinación están consiguiendo que ese porcentaje haya disminuido en los últimos años”.

Para evitar nuevas agresiones, desde la Unidad de Coordinación de la Delegación del Gobierno se dan a conocer al Cuerpo Nacional de Policía y a la Guardia Civil las salidas de los penados por violencia de género, la duración y características de las mismas, así como si hay aspectos de especial importancia a tener en cuenta sobre las mismas (domicilio fijado para el disfrute del permiso, si se han de presentar ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado ó autoridades judiciales, si han seguido programa de tratamiento en el Centro Penitenciario y posibles incidencias, etc.)

El objeto de estas comunicaciones es que en todo momento la víctima tenga conocimiento de la salida de su agresor de prisión, que los agentes que intervienen en la atención y protección de las mismas incrementen su alerta y que se mejore en la coordinación y rentabilización de los recursos y esfuerzos.

El Sistema de Seguimiento Integral de los casos de violencia de género, contempla el cambio en la situación de riesgo según la posibilidad o imposibilidad física del agresor de agredir a la víctima porque el agresor “esté ingresado en un establecimiento para una estancia prolongada forzado por alguna circunstancia (prisión, centro psiquiátrico, residencia tercera edad) o experimenta una significativa falta de movilidad (por enfermedad o incapacidad física), según indica uno de los ítems a valorar.

El delegado del Gobierno, Rafael González Tovar, ha indicado que, además de estas medidas, se pretende establecer mecanismos de colaboración conjuntos con el Tribunal Superior de Justicia, Instituciones Penitenciarias y los Ayuntamientos, para el desarrollo de las Prestaciones en Beneficio de la Comunidad o de los cursos de formación a las que son condenados los penados por violencia de género, con pena inferior a 6 meses y sin antecedentes que no van a prisión.

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