El Tribunal Supremo, en su sentencia de 30 de mayo de este año, crea jurisprudencia modificando las condiciones de valoración de los terrenos incluidos en el PGMO como suelo Urbanizable Sectorizado. Cientos los vecinos que se ven afectados por la consideración de sus terrenos como suelo urbano a efectos catastrales, una consideración que los propietarios no han solicitado y que ha venido impuesta por la incorrecta redacción del PGMO. Plan General que además ha sido suspendido por sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia con fecha 04 de octubre de 2013. Terrenos que en su mayoría siguen siendo eminentemente agrícolas y que ahora pagan sus tributos como suelo urbano.
No es solo el caso del Impuesto sobre Bienes Inmuebles el que se ha visto incrementado exponencialmente por esta circunstancia, existen además otra serie de tributos que marcan su base imponible a partir de la valoración catastral de los inmuebles, sin olvidarnos de la consideración de si estos se engloban como suelo rustico o urbano. Todos estos tributos crean un marco fiscal que en nada tiene que ver con la situación real de estos terrenos ni con el horizonte a corto y medio plazo que sobre ellos se presenta.
Desde el Psoe de Puerto Lumbreras instamos al Ayuntamiento a iniciar de oficio la revisión catastral de todos estos inmuebles, en atención a la sentencia del Tribunal Supremo, ajustando las valoraciones a su situación real e iniciar los trámites para la devolución de las cantidades de forma indebida.