Entra en vigor el Reglamento Orgánico de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento

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La normativa permitirá a las personas interesadas recibir respuestas sobre sus escritos en el plazo máximo de un mes

Entra en vigor el Reglamento Orgánico de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento

El Reglamento Orgánico de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento ya está en vigor.

De esta manera, la normativa permitirá a las personas interesadas en presentar quejas y sugerencias ante el consistorio, ya sea sobre el funcionamiento y actuación de la administración municipal o de las entidades dependientes, tener respuesta en el plazo máximo de un mes.

El reglamento regulará el funcionamiento de la actividad de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones, creada para la defensa de los derechos de los vecinos ante la Administración municipal.

“La entrada en vigor de este documento es un ejemplo más del trabajo realizado por el Ayuntamiento de Murcia en aras de la transparencia y el buen gobierno, al mismo tiempo que representa la garantía de una gestión municipal basada en los compromisos de resolución rápida y eficaz de las cuestiones planteadas por los ciudadanos”, destaca la concejala de Agenda Urbana y Gobierno Abierto, Mercedes Bernabé.

El Pleno Municipal aprobó el 28 de enero el Reglamento Orgánico de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento de Murcia. Tras un periodo de exposición pública y publicación en el BORM, ya está funcionamiento.

Procedimiento y medios de presentación

Las quejas y sugerencias deberán ser resueltas o contestadas en el plazo de un mes. Los interesados deberán presentar sus escritos directamente ante las unidades administrativas o servicios municipales objeto de las mismas. Si estas no han sido satisfechas o resueltas de conformidad con lo solicitado, se podrá interponer Reclamación ante la Comisión de Sugerencias y Reclamaciones.

Los vecinos podrán presentar sus quejas, reclamaciones o sugerencias sobre el funcionamiento y actuación de la Administración municipal o de las entidades dependientes de esta a través de diferentes medios: presencial, en las oficinas de registro municipales; telefónico, en el número 010; y telemático, en la Sede Electrónica del consistorio.   

Tramitación y resolución de las reclamaciones

Para la presentación de una reclamación debe haberse realizado previamente la correspondiente queja o sugerencia ante la Unidad Administrativa de Sugerencias, Quejas y Reclamaciones, así como se deberá haber agotado el procedimiento establecido ante los órganos municipales competentes y el correspondiente recurso administrativo en su caso.

Formalizada la tramitación del escrito, el servicio o departamento municipal oportuno contestará al interesado las conclusiones o resultados obtenidos en el plazo máximo de tres meses.

Funcionamiento de la Comisión Especial

La Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones es una Comisión Especial creada por el pleno del Ayuntamiento para la defensa de los derechos de los vecinos y vecinas ante la administración municipal. Se constituirá, integrará y funcionará de la misma manera que las demás comisiones del pleno.

En concreto, en palabras de Mercedes Bernabé, “este órgano se encarga de supervisar la actividad de la administración municipal y dar cuenta al pleno, mediante un informe anual, de las reclamaciones presentadas y de las deficiencias observadas en el funcionamiento de los servicios municipales”.

La Comisión Especial se reunirá cuatrimestralmente, teniendo su funcionamiento de carácter periódico. No obstante, el presidente podrá convocar reuniones extraordinarias cuando haya asuntos que tratar o lo soliciten, al menos, tres de sus miembros.

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