El Ayuntamiento autoriza las visitas, a partir de mañana, con un aforo máximo de 25 personas y con horario de 8.00 h. a 13.00 h. y de 16.00 h. a 20.00 h., además de las medidas habituales de higiene y seguridad para evitar la propagación del Covid-19.
El Cementerio Municipal Nuestro Padre Jesús, en Espinardo, abre, a partir de mañana, al público en horario, de 8.00 h. a 13.00 h. y de 16.00 h. a 20.00 h., con un aforo máximo por visita y hora de 25 personas, además de las medidas habituales de higiene y seguridad para evitar la propagación del Covid-19.
De esta manera, el Ayuntamiento de Murcia, a través de los Servicios Municipales de Salud, dependientes de la Concejalía de Salud y Deportes, que dirige Felipe Coello, ha decidido abrir al público el camposanto de acuerdo con la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, del Ministerio de Sanidad, en la que se regulan las restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la Fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
“En asimilación a las normas dictadas en su artículo 8, en lo que afecta a velatorios y entierros, y ante las múltiples consultas y peticiones realizadas por los ciudadanos hemos acordado abrir el camposanto para que los vecinos puedan visitar a los familiares que reposan en él, pero siempre atendiendo la norma y bajo las condiciones reglamentarias”, explica Felipe Coello.
Así, las visitas al Cementerio Municipal Nuestro Padre Jesús estarán autorizadas con las siguientes medidas:
- Horario de visitas de 8.00 h. a 13.00 h. y de 16.00 h. a 20.00 h.
-El acceso será peatonal con un máximo de vistas/hora de 25 personas, en esta fase. A tal efecto se establecerá un control de entrada y salida en la puerta principal (peatonal).
-Deberán respetarse, en todo caso, las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del Covid-19, relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de dos metros, higiene de manos y etiqueta respiratoria.
-Estas medidas referidas a las visitas no suponen modificación alguna en lo relacionado al acompañamiento a los entierros, manteniéndose el número de personas establecidas en el artículo 8.2.
-La presente autorización queda sujeta a que no sea invalidada por la autoridad sanitaria.