Derechos y libertades (vulnerados) en el estado de alarma y el confinamiento

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Expertos en derecho penal, administrativo y constitucional debatirán en un webinar la viabilidad legal de algunas de las medidas impuestas por el Gobierno

Derechos y libertades (vulnerados) en el estado de alarma y el confinamiento

Limitar la presencia o la circulación de personas y vehículos en determinados lugares y horas, requisar bienes temporalmente o racionar el consumo de artículos de primera necesidad son algunos de los derechos que se han visto limitados durante este confinamiento, que suma ya más de cuarenta días. «La regulación del estado de alarma se basa en la ponderación de males, cuestión compleja cuando se trata de ponderar riesgos», afirma Josep Maria Tamarit, catedrático de Derecho Penal de la UOC y ponente en el próximo seminario web gratuito, «Estado de alarma, derechos y libertades», que tendrá lugar el 28 de abril. Este debate en línea contará con la participación de juristas de reputadas universidades, como Fermín Morales, catedrático de Derecho Penal de la Universitat Autònoma de Barcelona y abogado; Alejandro Saiz Arnaiz, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Pompeu Fabra, y César Cierco, profesor titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Lleida.

¿Limitar la circulación o confinar a la población?

Para Tamarit, el actual decreto de estado de alarma ha ido más allá de lo que la ley permite. «Lo que prevé la ley es que el Gobierno pueda restringir movimientos de la población en determinados sitios y tiempos, pero no le permite hacer un confinamiento de la población en el domicilio durante un tiempo tan largo, con solo algunas excepciones; este es uno de los abusos que se están cometiendo en esta crisis».

España es uno de los países europeos que ha mantenido un nivel de confinamiento más alto y que más ha limitado ciertas actividades productivas, en comparación con otros países europeos. «El régimen que se ha adoptado se extralimita claramente ante los poderes que la ley concede al Gobierno en virtud del estado de alarma», advierte Tamarit, que añade que «sorprende también la tibia o inexistente reacción de los juristas ante este escenario».

Por ejemplo, tanto la prohibición de abandonar el domicilio como la adoptada por el decreto de confinamiento «van más allá de lo dispuesto por la ley e inciden en el derecho fundamental a la libertad ambulatoria, según la cual los ciudadanos no pueden ser privados de su libertad fuera de los casos previstos por las leyes (art. 17 de la Constitución), como son la libertad de reunión o de circulación, por ejemplo», afirma Tamarit.

En esta línea, el Tribunal Supremo admitió el jueves a trámite un recurso por parte de un abogado que afirma que se están vulnerando los derechos fundamentales de libertad, reunión y circulación. «En este caso, el Tribunal Supremo de momento solo ha admitido el recurso y tiene unos días para decidir, pero, en cualquier caso, el abogado tiene razón en que el confinamiento impuesto por el Gobierno es ilegal», afirma Tamarit

¿Dónde están el poder judicial y los órganos parlamentarios?

«El Parlamento y el poder judicial casi han desaparecido, y esto es preocupante, especialmente porque este último es el garante de los derechos de los ciudadanos, y es, por lo tanto, un servicio esencial en un momento en el que por vía de decreto el Gobierno atribuye más poder a la policía e incluso se moviliza al Ejército», advierte Tamarit. Y es que todos los cambios impuestos por el estado de alarma se han hecho mediante decretos ley: «la Ley orgánica 4/1981, en su artículo 1.4, señala que la declaración de los estados de alarma, excepción y sitio no interrumpe el normal funcionamiento de los poderes constitucionales del Estado».

Los niños en casa, derechos vulnerados

La privación de la circulación se ha cebado con los niños, obligados por más de cuarenta días a estar en casa y con la posibilidad de salir solo cuando el adulto no tenía otra opción. «Este sacrificio impuesto a los menores es uno de los mayores errores y abusos que se han cometido en la gestión de la epidemia, que se explica porque muy pocos han tomado en serio a los niños como titulares de derechos y no como mero elemento añadido a la vida de los adultos», afirma Tamarit.

El Gobierno no puede investigar las noticias falsas

Otra de las polémicas ha sido el control y la monitorización de Interior, mediante la Guardia Civil, de bulos, mentiras y noticias falsas (fake news) que se difunden en las redes y que las autoridades están trasladando a la Fiscalía porque suponen para la población un «engaño manifiesto con riesgo al orden público». «Difundir una noticia falsa no es un delito y, por tanto, ni el Gobierno ni la policía están autorizados para investigarlo. Tampoco significa que esa mentira esté cubierta por la libertad de expresión, porque el derecho a informar no cubre el derecho a dar información no veraz, pero que sea mentira no significa que sea automáticamente un delito», aclara.

«Si fuera un delito, y fuera un delito privado, como sería el caso de una calumnia o una injuria, tampoco se podría investigar de oficio, solo en casos de delito de odio o un hecho delictivo», añade.

Para Tamarit, hay una clara extralimitación del Gobierno en un momento en el que hay un clima de grave peligro con respecto a los derechos, en el que bajo la cobertura del estado de alarma, el Gobierno se está atribuyendo poderes que no le da la ley y que van más allá del sentido del estado de alarma.

La imposición de multas, una medida desproporcionada

Ya son más de 600.000 las multas emitidas desde la declaración del estado de alarma. «El Estado puede multar cuando hay una infracción de las condiciones del estado de alarma y las multas son en aplicación de la ley de seguridad ciudadana. También se pueden llegar a imponer sanciones penales por desobediencia, pero tanto en un caso como en el otro hay una desproporción y un riesgo de un uso arbitrario de la potestad que la ley da a la policía», advierte.

Actualmente, se está aplicando la ley de seguridad ciudadana —bautizada como «ley mordaza»— contra aquellos ciudadanos que burlan el confinamiento. Se imponen multas de, por ejemplo, 601 euros por un «desplazamiento no autorizado», y de hasta 2.000 euros si los agentes creen que el infractor les ha «menospreciado». El elevado número de sanciones es «una demostración de la intervención "abusiva" del Estado con el estado de alarma» y advierte que supone un «riesgo importante para los derechos y las libertades de los ciudadanos, que deberían interponer recursos contra estas sanciones».

Clasificar y atender a los pacientes según sus posibilidades 

En el ámbito médico, ante la saturación de las UCI, algunos sanitarios se han visto obligados a escoger a qué pacientes atender con más medios y a otros negarles esos recursos. «Jurídicamente, en una situación de recursos limitados y de medicina de catástrofe, está justificado atender al enfermo con mejor pronóstico», afirma Tamarit.

El estado de alarma no debe olvidar los derechos fundamentales

Está claro que el estado de alarma es una situación que prevé la Constitución y que permite al Gobierno adoptar medidas excepcionales, pero «los derechos fundamentales de la Constitución no están suspendidos ni afectados por el estado de alarma y, dependiendo de qué medidas se quieran adoptar, pueden ser inconstitucionales», explica.  «El riesgo de abuso está siempre ahí donde existe un poder no sujeto a control y la historia nos enseña cuáles pueden ser las consecuencias. Aunque esta crisis pueda considerarse una situación excepcional y temporal, alguien debe alertar ante el peligro de que se cronifique», concluye Tamarit.

Expertos debaten en línea la aplicación del estado de alarma

El seminario web tendrá lugar el martes 27 a las 17 h y se podrá seguir mediante el canal de YouTube de la UOC desde este enlace. La participación es gratuita y muy sencilla. Mediante este enlace se obtiene acceso a la sesión, sin necesidad de instalar ningún programa. Además de asistir a la presentación de los expertos, los participantes disponen de un chat para hacerles llegar preguntas. Las sesiones tienen una hora de duración y se grabarán en vídeo, por lo que se podrán ver posteriormente en el mismo canal de YouTube de la UOC.

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