La Junta de Gobierno ha estudiado hoy las distintas acciones llevadas a cabo por la Concejalía de Seguridad Ciudadana y Gestión Económica, que dirige Eduardo Martínez-Oliva y que están permitiendo, por una parte, aligerar el pago a proveedores y, por otra, facilitar a los murcianos el pago de tasas y tributos.
De esta forma, el Ayuntamiento ha agilizado el pago de facturas y ha liquidado desde el pasado día 14 de marzo, cuando se decretó el estado de alarma, un total de 13,154 millones de euros de pago a proveedores.
Lo que se pretende con esta iniciativa es que las empresas murcianas dispongan de liquidez para que puedan continuar desarrollando sus trabajos y manteniendo a sus empleados.
El periodo medio de pago del pasado mes de febrero se situó en 18,65 días.
Por otra parte desde la concejalía, a través de la Agencia Municipal Tributaria, se han facilitado medios telemáticos para que los murcianos puedan pagar más fácilmente y desde casa tasas y tributos.
Así, la AMT ha aprobado el sistema de identificación mediante clave segura de usuario, con el que los contribuyentes podrán realizar todos sus trámites tributarios a través de la Oficina Virtual Tributaria sin precisar para ello certificado electrónico o DNI-e.
A tal fin, y como complemento a la atención telefónica, esta opción facilita a los ciudadanos el acceso a la Oficina Virtual Tributaria, garantizado así la gestión no presencial de todos los trámites tributarios.
La activación de este Sistema de Autenticación se realiza con unos sencillos pasos:
La identificación y registro, se realiza mediante una simple llamada telefónica al teléfono 968 355 002, donde el personal de atención telemática confirmará su identidad mediante una serie de preguntas y respuestas de control.
Siempre cumpliendo con la normativa que contempla el Protocolo de activación, se procederá a la solicitud de la contraseña de usuario, para lo que el gestor telefónico pedirá al ciudadano una dirección de correo electrónico, donde se enviarán las indicaciones necesarias para proceder a la activación de la clave solicitada. Una vez el ciudadano ya tiene su clave segura de autenticación, sólo tendrá que acceder a la Oficina Virtual Tributaria a través de https://www.murcia.es/AMT/ y completar el proceso.
Ello se suma a las medidas aprobadas el pasado día 20 de marzo dentro del Plan de Soporte Social y Activación Económica para combatir la crisis del coronavirus y que son las siguientes:
- Se conceden fraccionamientos especiales para familias, ciudadanos y empresas que acrediten circunstancias económicas desfavorables generadas con motivo de la declaración del estado de alarma.
- Con carácter general, se concederán fraccionamientos automatizados de deudas de importe inferior a 30.000 euros. Estos fraccionamientos se podrán tramitar por teléfono o a través de la oficina virtual del Ayuntamiento y de la AMT para los ciudadanos que así lo soliciten sin necesidad de aportar justificación adicional alguna.
- Se concede una moratoria en el período voluntario de pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, que se prolongará hasta el 5 de junio de 2020.
- Igualmente se concede una moratoria en el periodo de cobro voluntario de los siguientes padrones tributarios:
? La tasa de terrazas para bares y restaurantes, durante el primer semestre de este año 2020. (tasa por aprovechamiento especial de terrenos de uso público con mesas y sillas correspondiente al primer semestre de 2020)
? El IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana y rústica).
? La tasa de los puestos de los mercadillos semanales (Tasa por aprovechamiento especial con mercadillos semanales).
? La tasa de vados (tasa por aprovechamiento especial con entrada de vehículos).
- La modificación del calendario fiscal correspondiente se aprobará por la Agencia Municipal Tributaria, una vez se conozca el espacio temporal de duración del estado de alarma.
- Se suspenden las notificaciones presenciales durante el período de duración del estado de alarma.
- De conformidad con el Real Decreto Ley 8/2020, de 17 de marzo, se amplían los plazos de pago de las liquidaciones ya notificadas y las que se notifiquen durante estos días, así como de los fraccionamientos ya concedidos.
En concreto:
- Ampliación hasta el 30 de abril de 2020 de los plazos de pago de las liquidaciones (no recibos) ya notificadas y cuyo periodo voluntario de ingreso no haya finalizado el 18 de marzo de 2020.
- Ampliación hasta el 20 de mayo de 2020 de los plazos de pago de las liquidaciones (no recibos) que se notifiquen a partir del 18 de marzo de 2020.
- Ampliación hasta el 30 de abril de 2020 de los plazos de fraccionamientos ya concedidos con vencimiento 5 de abril de 2020.