Permitirán por primera vez la instalación de barras en pedanías durante Navidad y Fiestas de Primavera

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El edil Juan Fernando Hernández ha firmado el decreto que se publicará mañana en el BORM para el montaje de barras en aquellas pedanías que lo soliciten a partir de mañana y hasta el próximo 26 de noviembre

Permitirán por primera vez la instalación de barras en pedanías durante Navidad y Fiestas de Primavera

La Concejalía de Comercio, Mercados y Vía Pública abre por primera vez la posibilidad de instalar barras en pedanías durante Navidad y Fiestas de Primavera, concretamente en Nochebuena, Nochevieja, Bando de la Huerta y Entierro de la Sardina.

El edil responsable Juan Fernando Hernández ha firmado hoy un decreto -que saldrá publicado mañana en el BORM- que va a permitir a los establecimientos de las pedanías que soliciten la autorización montar barras durante estas fiestas.

El plazo de presentación de solicitudes, improrrogable, comenzará mañana viernes día 15  y estará abierto hasta el próximo martes 26 de noviembre en los horarios hábiles de la sede electrónica de la web municipal.

Los establecimientos de hostelería que no tuvieran las licencias pertinentes a fecha 26 de noviembre, podrán presentar la solicitud hasta el 2 de diciembre para Nochebuena y Nochevieja; y hasta el 1 de abril de 2020 para el Bando de la Huerta y el Entierro de la Sardina.

Asimismo, para obtener dicha autorización, el peticionario deberá estar al corriente en el pago de las deudas con la hacienda municipal.  Por primera vez, el decreto introduce la posibilidad de ponerse al corriente en el pago de deudas en la fecha de finalización del plazo de solicitud (26 de noviembre).

Otra de las novedades del decreto es que en las calles clasificadas como ZEPA (Zona de Especial Protección Acústica) no estará permitido el uso de equipos de reproducción musical o de sonido. En el resto de emplazamientos no ZEPA, se permitirá la instalación de un solo equipo de reproducción musical por zona debiéndose aportar un estudio de impacto acústico suscrito por el certificado ECA.

Además, las barras deberán colocarse dejando libre de obstáculos un mínimo de 5 metros en los accesos a portales de edificios, no pudiendo ocupar tampoco espacios destinados a aparcamientos. En las calles peatonales y de uso compartido se garantizará un paso libre para vehículos de uso ordinario y de emergencias.

También se permitirá la instalación de barras en suelo de titularidad privada y uso público, siempre y cuando el peticionario aporte autorización expresa y por escrito del titular del suelo.

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