Martínez-Oliva advierte que según establece la sentencia, el Ayuntamiento cumple con creces el gasto destinado a las pedanías y recuerda que los presupuestos de 2018 destinaron a ellas más del 22% para inversiones y mantenimiento
La sentencia del Tribunal Supremo que desestima el recurso del Ayuntamiento referido al Presupuesto de 2014 basa esta decisión en que, según los magistrados, no se acreditó convenientemente el porcentaje destinado a la gestión directa por parte de las juntas municipales.
Pese a eso, el fallo aclara en su parte expositiva que en el cálculo del 8% se deben incluir tanto los gastos gestionados directamente por las juntas municipales como los gastos impropios, aquellos gestionados por otros servicios municipales que les afectan directamente.
El Ayuntamiento incluyó este criterio en las bases de ejecución presupuestaria a partir de 2016, razón por cual desde ese momento se conoce con detalle qué partidas tienen como destino las pedanías.
En este caso se encuentran gastos como limpieza viaria, mantenimiento de parques y jardines, de colegios, de instalaciones deportivas o de alumbrado, seguridad, actividades en centros culturales y auditorios y limpieza de edificios. 'Todo ello son fondos que se consumen en las pedanías y deben, por tanto, incluirse en el cómputo global del gasto descentralizado, advierte el concejal de Seguridad Ciudadana y Gestión Económica, Eduardo Martínez-Oliva, quien hace hincapié en que 'según establece la sentencia del Tribunal Supremo, el Ayuntamiento está cumpliendo con creces el gasto destinado a las pedanías'.
Así, en 2018 último Presupuesto aprobado-, el Ayuntamiento invirtió en pedanías 55.1 M€, lo que representa el 22,40% del total, cuando el 8% habría sido 19,6 M€.
De los 55,1 M€, cerca de 17.5 M€ fueron gestionados de forma directa o indirecta; 13.4 M€ fue el importe de los gastos para mantenimiento (sin incluir consultorios, centros culturales, de mayores, colegios, plazas de abastos, etc.); 22.2 M€ invertidos por las distintas concejalías; y 1.8 M€ financiados por el plan de obras y servicios de la Comunidad Autónoma. A estas partidas se incorporaron otros 14 M€ del plan extraordinario de inversiones, lo que elevó la cifra total de gasto en barrios y pedanías a 69.1 M€.
La sentencia dada a conocer sobre la reserva de los fondos presupuestarios 'no discrepa de la consideración para el cómputo del 8% de los recursos presupuestarios a gestionar por las pedanías o barrios de los que el Ayuntamiento denomina gastos directos o indirectos'. Partiendo de su existencia, los magistrados concluyen que en ese momento no se acreditó que se alcanzase dicho porcentaje.