El Consejo Social de la Universidad de Murcia ha aprobado el reglamento de progresión y permanencia de los alumnos en los distintos centros de esta institución, que tiene como objetivo "garantizar un uso racional, eficaz y responsable de los recursos públicos puestos a su disposición por la sociedad".
La regulación indica que "la implantación del Espacio Europeo de Educación Superior obliga, además, a regular las condiciones de los estudiantes a tiempo parcial, así como a establecer los mecanismos que permitan la mejora continua de la oferta en relación a los resultados obtenidos, de forma que el derecho al estudio se compatible con el adecuado aprovechamiento de los fondos públicos".
El reglamento afirma que los estudiantes de esta Universidad podrán serlo a tiempo completo, que será el régimen ordinario, o a tiempo parcial, "obligando dicho régimen a la matriculación de un número de créditos establecido en un intervalo para cada caso".
El carácter de estudiante a tiempo parcial o a tiempo completo "tendrá la sola consideración a efectos de progreso y permanencia".
El Consejo de Gobierno de la Universidad establecerá anualmente para cada titulación un cupo para estudiantes a tiempo parcial de primer curso y primera matrícula entre el dos por ciento y el veinte por ciento del número de plazas ofertadas, "o del número entero inmediatamente superior resultado del redondeo de ese porcentaje".
A los efectos de progresión, los alumnos dispondrán del número de convocatoria que establezcan los Estatutos de la Universidad de Murcia, no computándose como convocatoria agotada aquella en la que no se hayan presentado.