El Ayuntamiento de Murcia ha actuado con el más absoluto respecto al trabajador y cumpliendo escrupulosamente la legalidad vigente, de acuerdo a la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público, y de acuerdo al decreto 36/86 por el cual se aprueba el reglamento de régimen disciplinario de los funcionarios.
La instrucción del expediente se ha efectuado de la misma forma que se instruyen todos los casos en el Ayuntamiento de Murcia: cumpliendo los plazos legalmente establecidos y ofreciendo al trabajador todas las garantías y la asistencia necesaria, tal y como lo establece la ley.
Ante el Decreto de 25 de junio de 2009, mediante el cual se acuerda, a propuesta del instructor del expediente, suspender de empleo y sueldo al funcionario durante un periodo de 24 meses por haber cometido tres faltas graves, cabe el recurso contencioso-administrativo, así como la petición de la supresión de la ejecución de la sanción hasta la resolución de dicho contencioso.