Los administradores del club Real Murcia, cuando presentaron el concurso de acreedores, no previeron otros efectos colaterales, como, por ejemplo, el uso de un estadio municipal por parte de una sociedad anónima en estas condiciones.
Es bastante discutible –asegura el edil del PSOE José Manuel Abellán- que una sociedad que ha solicitado la declaración de concurso de acreedores pueda hacer ningún tipo de contrato con la administración.
La Ley lo deja claro
Abellán formula esta afirmación en base a la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, que en su artículo 49 dice textualmente: “No podrán contratar con el sector público en quienes concurra algunas de las circunstancias siguientes… b) Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declaradas en concurso, estar sujetas a intervención judicial o haber sido inhabilitadas conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el periodo de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso”.
Revisar las condiciones
Por ello, el Grupo Socialista exige al gobierno municipal que revise de inmediato las condiciones de cesión del estadio Nueva Condomina por parte del Ayuntamiento al club deportivo Real Murcia, sociedad que ha solicitado la declaración de concurso de acreedores y, que por tanto, insiste Abellán, y en base a la Ley, no puede firmar contratos con la administración.
Recordar que el Real Murcia presentó la solicitud de concurso en febrero de este año y que el Ayuntamiento de Murcia aprobó las condiciones de utilización del estadio municipal Nueva Condomina por parte del club deportivo en marzo pasado.