El Ayuntamiento ha prestado asistencia jurídica, a través de su Asesoría Jurídica, al único agente de Policía que lo ha solicitado en el procedimiento judicial abierto por una cámara oculta en el vestuario del cuartel de la Policía Local de Beniaján. El resto de agentes no han solicitado al Ayuntamiento asistencia jurídica.
Según el artículo 22 del Acuerdo de Condiciones de Trabajo para el Personal Funcionario (años 2007/2009): “ El Ayuntamiento garantiza la asistencia, a través de sus Asesoría Jurídica, a los trabajadores municipales que lo soliciten y la precisaran por razones de conflicto derivadas de la prestación del servicio”. Es falso que se haga un mal uso de los servicios jurídicos del Ayuntamiento.
En este caso, el Cabo fue el único que solicito la prestación de la asistencia al haberse visto acosado en su puesto de trabajo por otros funcionarios que presuntamente estaban cometiendo un delito. Además, el Ayuntamiento presta asistencia a aquellos funcionarios que tengan una situación de conflicto en su puesto de trabajo y no a los que supuestamente estén cometiendo un delito.