Los titulares de los puestos ambulantes que se instalan con motivo de la tradicional romería de la Fuensanta deberán solicitar la preceptiva autorización ante la concejalía de Mercados y Plazas de Abastos.
Los interesados deberán presentar, además de la solicitud formalizada y su DNI, el carnet de manipulador de alimentos, dos fotografías y abonar los derechos que marca la Ordenanza Fiscal Vigente -32,35 euros-. Para cafeterías y puestos de masas fritas -gofres, churros y patatas- deberán presentar la autorización de la dirección general de Salud.
Según establece el Real Decreto 2207/95 que marca las normas de higiene relativas a los productos alimenticios y Real Decreto 3484/00 sobre normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas, sólo se autorizará la venta de refrescos y bebidas envasadas, aperitivos envasados, frutos secos, miel envasada o masas fritas y cafeterías en vehículos con permiso de la Consejería de Sanidad, además de helados envasados con registro que garanticen su conservación permanente a -23 grados, lo que excluye granizados, horchatas y otras cremas a granel.