Se desestima la demanda del consejo general de colegios de enfermería

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el juzgado dicta sentencia respetando la marca de sae

Se desestima la demanda del consejo general de colegios de enfermería

12 DE MAYO: DÍA DEL TÉCNICO DE ENFERMERÍA

El Juzgado de lo Mercantil n° 13 de Madrid ha desestimado la demanda interpuesta por el Consejo General de Colegios de Enfermería de España (CGE) contra el Sindicato de Técnicos de Enfermería para impedir el uso de nuestra marca "12 de mayo: Día del Técnico de Enfermería" y otros mensajes como "Somos las manos que te cuidan".

Desde SAE, solo podemos felicitarnos por este fallo que reconoce nuestro derecho a hacer uso de una marca que fue publicada el día 5 de diciembre de 2022 en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial y que da derecho a SAE a celebrar el 12 de mayo también como Día del Técnico de Enfermería, una reivindicación específica del Sindicato de Técnicos de Enfermería.

Meses después el Consejo General de Colegios de Enfermería demandó a SAE por presunta infracción de sus derechos marcarios y subsidiariamente, por publicidad ilícita alegando que SAE, difundió mensajes que el CGE considera infringen sus derechos marcarios al emplear el término "12 de mayo: Día del Técnico de enfermería" lo que supone una infracción literal de su marca y que subsidiariamente, esos mensajes constituyen actos de publicidad ilícita por cuanto es engañosa y desleal.

Sin embargo, tal y como consta en la sentencia, SAE reconoce la diferencia profesional y de funciones que existe entre el cuerpo de enfermeras y el de técnicos de enfermería y la diferente titulación que debe tenerse para obtener un título u otro.

Ahora bien, los mensajes publicitarios que se alegan deben entenderse en su contexto y con motivo de las reivindicaciones laborales sindicales de SAE (…) en apoyo de sus reivindicaciones, que los técnicos también forman parte del Equipo de Enfermería.

En definitiva, la sentencia argumenta que nuestros mensajes no son engañosos, ni ilícitos ni desleales.

Además, confirma que no existe infracción marcaria porque no hay identidad de signos y, de hecho, no hay publicidad con efectos comerciales.

Plantea, igualmente, que no hay coincidencia a la hora de identificar exactamente cuál es el signo infractor empleado por SAE pues para uno sería el "día internacional de la enfermería" y para el otro "12 de mayo: día internacional del técnico de enfermería", que es el signo registrado por SAE.

"De hecho, según la juzgadora, en la demanda del CGE parece deducirse que lo que subyace en el fondo no es más que una disputa entre ambos colectivos y que el objetivo del CGE es defender la superior titulación, competencias y funciones de los enfermeros/as frente a los Técnicos en Cuidados de Enfermería y éstos, por el contrario, tratan de ensalzar su labor, de dar importancia a su trabajo y que también son parte importante de los equipos de enfermería"

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