La aplicación de este sistema permitirá que las comercializadoras de energía puedan cumplir sus obligaciones de ahorro de un modo más eficiente, facilitará alcanzar los objetivos nacionales de ahorro y eficiencia energética y beneficiará a los consumidores.
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha aprobado la orden ministerial que desarrolla varios elementos del Sistema de Certificados de Ahorro Energético. Su aplicación facilitará que se alcancen los objetivos nacionales de ahorro fijados por la normativa comunitaria, permitirá a las comercializadoras de energía cumplir sus obligaciones de ahorro de modo más flexible, beneficiará a los consumidores, e impulsará el empleo, la productividad y la competitividad empresarial.
La Directiva 2012/27/UE, relativa a la eficiencia energética, insta a los Estados miembros a la creación de un Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética que permita asignar a las empresas comercializadoras de gas y electricidad, a los operadores de productos petrolíferos al por mayor y a los operadores de gases licuados de petróleo al por menor, una cuota anual de ahorro energético en el ámbito nacional, en función de su volumen de ventas, que en el caso español se traduce en aportaciones financieras equivalentes al Fondo Nacional de Eficiencia Energética.
Al objeto de reforzar el Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética, las energéticas sujetas a una cuota anual de ahorro, podrán voluntariamente sustituir sus pagos al Fondo Nacional de Eficiencia Energética, en un porcentaje que se determinará anualmente y que en 2023 llega al 40 %, por un ahorro de energía final equivalente que podrán acreditar con Certificados de Ahorro Energético. Los certificados podrán comercializarse, monetizando el ahorro, y se obtendrán como contraprestación de medidas de eficiencia energética que podrán estar incluidas en un catálogo de medidas estandarizadas recogido en una orden ministerial en avanzado estado de tramitación. Los Certificados de Ahorro Energético serán emitidos por el gestor designado por cada comunidad y la coordinación del sistema corresponderá al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Así, este sistema permitirá incrementar las obligaciones de ahorro en línea con la nueva normativa europea, beneficiando a la vez a los sujetos obligados -cuyas obligaciones económicas amortigua-, a los consumidores finales -que verán una reducción en sus facturas energéticas- y a los ciudadanos, que tendrán que soportar menores cargas burocráticas.
Sujeto delegado, verificador del ahorro y registro
Esta orden ministerial desarrolla varios elementos del Real Decreto 36/2023, como las figuras del sujeto delegado, el verificador del ahorro de energía o el registro nacional de Certificados de Ahorro Energético.
Las empresas obligadas a contribuir al Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética podrán valerse de los sujetos delegados que, debidamente acreditados, ejecutarán actuaciones de ahorro y eficiencia energética que permitan a las primeras reducir su aportación financiera anual al Fondo Nacional de Eficiencia Energética. Tanto los sujetos delegados como las empresas obligadas podrán promover la realización de actuaciones para la obtención de Certificados de Ahorro Energético o, en su defecto, adquirir certificados directamente en el mercado.
El verificador será una entidad acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación encargada de comprobar que la documentación presentada por las empresas obligadas o sus delegados para obtener certificados es acorde a la normativa. Desempeñará su cometido de acuerdo con los procedimientos de la Entidad Nacional de Acreditación.
En el registro nacional de certificados se inscribirán los emitidos por los gestores autonómicos. Dependerá del Ministerio para la Transición Ecológica y permitirá inventariar a las empresas obligadas y los sujetos delegados en cada ejercicio, así como trazar todas las operaciones realizadas con los certificados durante sus tres años de validez desde la ejecución de la medida. Estará alojado en una plataforma electrónica que permitirá a los interesados tramitar todo el procedimiento relativo a los certificados, desde la solicitud hasta la liquidación, de un modo transparente.
Origen de los datos: sitio web de lamoncloa.gob.es
Ministerio de la Presidencia