Se abre un nuevo periodo de audiencia a los interesados en el procedimiento para la liquidación de la RPA de la autopista AP-36, Madrid-Levante

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Se abre un nuevo periodo de audiencia a los interesados en el procedimiento para la liquidación de la RPA de la autopista AP-36, Madrid-Levante

El Consejo de Ministros aprobó la primera resolución de liquidación y cálculo del importe de la Responsabilidad Patrimonial de la Administración (RPA) para la autopista AP-36, Madrid-Levante, en diciembre de 2020

Se ha redactado una resolución complementaria para incorporar situaciones pendientes en los cálculos de la liquidación, de acuerdo con las directrices del Acuerdo de interpretación para calcular la Responsabilidad Patrimonial de la Administración (RPA)

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) ha iniciado el trámite de audiencia de la resolución complementaria de la determinación de la Responsabilidad Patrimonial de la Administración (RPA) en la autopista AP-36, Madrid-Levante.

Se trata de la primera concesión en la que se somete a trámite de audiencia la resolución complementaria, después de que, tras la tramitación establecida en la legislación sobre contratos públicos y de conformidad con el Consejo de Estado, el Consejo de Ministros aprobase el 26 de abril de 2019, el “Acuerdo de interpretación de determinados contratos de concesión de autopistas, en cuanto al método para calcular la Responsabilidad Patrimonial de la Administración (RPA)”.

Una vez concluya el trámite de audiencia, que tendrá una duración de 15 días, se analizarán las alegaciones recibidas en el mismo. Y a partir de dicho análisis, se procederá a dictar la resolución complementaria de determinación de la RPA, que incluye las situaciones pendientes que no se incorporaron en la primera resolución.

Conforme al citado Acuerdo de interpretación, y como continuación de la primera resolución, se ha calculado nuevamente la RPA de esta autopista, determinándose que la RPA reconocida asciende a 321.363.673,87 euros.

Esta RPA es el resultado de la suma de la RPA por obras (309.202.625,87 euros) y la RPA por expropiaciones (24.536.532,00 euros), suma a la que es preciso descontar el valor de las inversiones necesarias para obtener, en la fecha de la valoración, la “perfecta entrega de las instalaciones en condiciones de absoluta normalidad” (10.157.999,08 euros) así como minorar las indemnizaciones pagadas a los expropiados por la Administración (2.217.484,92 euros).

Sobre el importe de la RPA reconocida, y según el citado Acuerdo, se han de retener provisionalmente los importes para hacer frente a la liquidación de situaciones aún pendientes (estimación de los importes por expropiaciones pendientes de pago de los que pueda tener que hacerse cargo la Administración), que ascienden en este momento a 1.762.770,42 euros.

Por tanto, el importe a abonar por RPA según esta resolución complementaria sería de 319.600.903,45 euros, a cuenta de la liquidación final de la resolución definitiva. Este valor es inferior al inicialmente calculado en la primera resolución de determinación de la RPA en 46.914,98 euros.

El Acuerdo de interpretación aprobado establece que en los seis meses siguientes a la aprobación de la resolución complementaria se procederá a determinar una nueva resolución, en este caso definitiva, a los efectos de regularizar aquellas situaciones pendientes que hayan quedado resueltas en este período, como es el pago de expropiaciones.

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