¿En qué consiste la nueva versión del nuevo manual de procedimiento de la ITV que entra en vigor el próximo 1 de junio?

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¿En qué consiste la nueva versión del nuevo manual de procedimiento de la ITV que entra en vigor el próximo 1 de junio?

- AECA-ITV explica los cambios que introduce esta nueva normativa en las inspecciones técnicas de vehículos.

- El texto mantiene la línea de reducir al máximo el contacto entre el inspector y el usuario para garantizar la seguridad de las estaciones.

El próximo 1 de junio entra en vigor la nueva revisión del Manual de Procedimiento de ITV, la versión 7.5.0. En el texto se han incorporado aquellos cambios reglamentarios necesarios para adecuar la inspección técnica de vehículos a las nuevas tecnologías y se especifican de una manera más clara y precisa algunos procesos de revisión para los operadores de ITV.

Desde la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos AECA-ITV explican las principales diferencias que notarán los conductores que vayan a las estaciones a partir de la próxima semana:

El cambio en la gravedad del defecto de no funcionamiento del ABS cuando no es obligatorio llevarlo. A partir de ahora, el que el sistema antibloqueo de frenos presente algún tipo de fallo pasa de considerarse un defecto leve a un defecto grave.

El posible desprendimiento de los espejos retrovisores también pasa a considerarse como un defecto grave.

Además, se establece la posibilidad de comprobar los datos del permiso de circulación por medio del Registro General de Vehículos de la DGT en caso de no ser presentado éste en la estación ITV.

Hay que recordar que los defectos graves generan un rechazo de la inspección e inhabilitan al vehículo para circular por las vías públicas excepto para su traslado al taller. Luego debe volver a la estación para someterse a una nueva inspección en un plazo no superior a dos meses.

Efectos del Brexit en la ITV

Por su parte, en esta nueva versión del manual de procedimiento se introducen también los cambios que ha traído consigo el Brexit. A partir de ahora, en el caso de los vehículos procedentes de Reino Unido que se quieran matricular en España con posterioridad al 31/12/2020, se considerarán vehículos procedentes de terceros países (países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo). Por lo tanto, a partir de esa fecha, requerirán cumplir todos los requisitos necesarios para la matriculación de estos tipos de vehículos y deberán realizar los trámites de importación necesarios.

Además, las homologaciones de vehículos otorgadas por el Reino Unido a partir de la fecha indicada, no tendrán validez como homologación europea perdiendo todos los beneficios que ello supone desde el punto de vista de documentación y simplicidad de tramitación.

Se mantiene protocolo anti Covid-19

Por su parte, en este nuevo manual se mantienen las medidas de higiene y prevención en las estaciones de ITV para garantizar que sus instalaciones sean lugares seguros tanto para los usuarios como para quienes allí trabajan, buscando siempre reducir al máximo el contacto entre el inspector y el usuario.

Uno de los principales cambios que se introdujeron el año pasado en las ITV como consecuencia del Covid-19 y que se seguirá aplicando en la actualidad tiene relación con la prueba de emisión de gases. Para reducir las posibilidades de contagio, la lectura OBD ha quedado limitada a determinados vehículos, ya que realizar la lectura del diagnóstico a bordo de emisiones supone acceder al habitáculo del vehículo por parte del inspector. Esta limitación no existe para los vehículos industriales de más de 3.500 kg y autobuses. De acuerdo a la normativa, el inspector se introduce en el vehículo con los EPI´s recomendados para conectar el puerto.

En cualquier caso la prueba de emisiones se realiza o por medio de una sonda que se coloca en el tubo de escape para medir los gases que se emiten o conectándose a las centralitas del vehículo. 

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