El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana avanza en la apuesta por la digitalización y modernización del sector del transporte con la publicación en el BOE de las características de los sistemas que permiten llevar electrónicamente los documentos de control para garantizar la disponibilidad, integridad, inalterabilidad e inviolabilidad de dichos documentos.
La modificación del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestre por el RD 70/2019, ya abrió la posibilidad de que la documentación de control, que han de llevar los transportistas en el vehículo, pueda hacerse por medios electrónicos.
Para ello, los soportes y aplicaciones utilizadas deben permitir transformar su contenido en signos de escritura legibles. Adicionalmente, es necesario fijar las características a efectos de garantizar la disponibilidad, integridad, inalterabilidad e inviolabilidad de su contenido.
Por ello, la Dirección General de Transporte Terrestre ha dictado una resolución en la que se fijan las características que deben cumplir los soportes y aplicaciones informáticas, así como los requisitos para obtener las copias de la documentación de control en soporte electrónico por los Servicios de Inspección y por los agentes de las fuerzas de vigilancia del transporte por carretera, en el caso que se detecte una posible infracción.
La puesta en práctica de este sistema de control permite eliminar la documentación en papel que deban llevar los transportistas y agilizará los sistemas del control en carretera.
Dado que su uso no es obligatorio, se permite que aquellos transportistas que lo deseen puedan seguir llevando la documentación en papel e irse adaptando progresivamente a los nuevos sistemas.
Origen de los datos: sitio web de lamoncloa.gob.es
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