La violencia contra las mujeres, tal y como se define en el artículo 1 de la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer de la Asamblea General de Naciones Unidas, es todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada.
Desde 1999, por decisión de la Asamblea General de Naciones Unidas, el 25 de noviembre se conmemora el Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, con el objetivo de concienciar a la sociedad respecto del problema de la violencia que sufren las mujeres y de la grave violación de los derechos fundamentales de las mujeres en todo el mundo que ello supone.
Con este motivo el Consejo de Ministros del pasado 22 de noviembre aprobó la siguiente Declaración:
Texto de la Declaración
"Con motivo del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, el 25 de noviembre, el Gobierno de España declara su decidido compromiso de seguir dedicando todos sus esfuerzos a combatir la violencia contra las mujeres en todas sus manifestaciones, su solidaridad con las víctimas y su condena más rotunda hacia las actitudes y actos de violencia hacia las mujeres por motivos de sexo o razones de género, garantizando los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las mujeres.
La violencia contra las mujeres es la manifestación más brutal de la desigualdad existente en nuestra sociedad como consecuencia de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres.
Tal y como señala la Recomendación del Comité de Ministros a los Estados miembros del Consejo de Europa para prevenir y combatir el sexismo, aprobada el 27 de marzo de 2019, la violencia contra las mujeres está ligada al sexismo, que crea un clima de intimidación, miedo, discriminación, exclusión e inseguridad que limita las oportunidades y la libertad de las mujeres. El sexismo se refuerza por los estereotipos de género que afectan a mujeres y hombres, y niñas y niños, e impide la consecución de la igualdad de género y el establecimiento de sociedades, justas, inclusivas y libres de violencia contra las mujeres. Es por ello, que el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (Convenio de Estambul), ratificado por España en 2014, obliga a promover cambios en los modos de comportamiento socioculturales con vistas a erradicar cualquier práctica basada en la idea de la inferioridad de la mujer o en un papel estereotipado de las mujeres y los hombres.
En ese sentido el Informe de la Subcomisión del Congreso para un Pacto de Estado en materia de Violencia de Género, aprobado por el Pleno del Congreso de los Diputados en septiembre de 2017, insta a eliminar estereotipos y prejuicios basados en el género con el objeto de erradicar la imagen de desigualdad e implicar a toda la sociedad en la lucha contra el sexismo y la violencia contra las mujeres. La consecución de estos objetivos necesita de la educación en el respeto a los derechos humanos, a la no discriminación entre mujeres y hombres y en el rechazo a cualquier forma de violencia contra las mujeres. Además, es imprescindible la contribución de los medios de comunicación para promover la sensibilización, la divulgación de imágenes positivas y no estereotipadas de mujeres y hombres que eviten la reproducción de roles sexistas.
Este año 2019 se celebran 40 años de la aprobación de la Convención de Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), que España ratificó en 1984, y que insta a los Estados a adoptar políticas y medidas para avanzar en la igualdad entre hombres y mujeres. También en el ámbito de Naciones Unidas, España apoya el mandato de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer y apoya las resoluciones sobre la materia adoptadas en el consejo de Derechos Humanos y en la Asamblea General de Naciones Unidas.
La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, aprobada en la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible celebrada en 2015 en Nueva York, contempla la igualdad de género entre los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS 5) y, entre sus metas, la eliminación de todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas. Asimismo, la igualdad de género está transversalizada en otros ODS, siendo especialmente relevante el ODS 16 (Paz, Justicia e Instituciones sólidas).
En diciembre de 2019 se cumplirán 15 años de la aprobación, por unanimidad por el Congreso de los Diputados, de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, que representa un hito en las políticas públicas destinadas a combatir la violencia contra las mujeres. Una ley pionera en el mundo que ha convertido a España en un referente a nivel internacional. Por primera vez, un instrumento normativo aborda la violencia de género de un modo integral y multidisciplinar abarcando tanto los aspectos preventivos, educativos, sociales, asistenciales y de atención a las víctimas, incluyendo la normativa civil que incide en el ámbito familiar o de convivencia donde principalmente se producen las agresiones, como la respuesta punitiva ante las manifestaciones de violencia. La citada ley orgánica proporciona una respuesta legal global que abarca tanto las normas procesales, mediante la creación de nuevas instancias como los Juzgados de Violencia sobre la Mujer y la Fiscalía de Sala contra la Violencia sobre la Mujer, como las normas sustantivas penales y civiles, incluyendo aspectos relativos a la formación de los todos los agentes, sanitarios, policiales y jurídicos, encargados de atender y proteger a las víctimas.
En estos tres lustros transcurridos desde la aprobación de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, esta ha experimentado cuatro modificaciones: en materia de pensiones de orfandad; para garantizar la asistencia jurídica gratuita a las víctimas; para incrementar la protección de los hijos e hijas menores de edad y menores sujetos de tutela o guarda de las víctimas de violencia de género; y la más reciente, en 2018, para incorporar algunas de las medidas previstas en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género aprobado en 2017 y en el Convenio de Estambul.
Recientemente y con el fin de seguir avanzando en el cumplimiento del Pacto de Estado, se han aprobado normas importantes como la Ley Orgánica 5/2018, de 28 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, sobre medidas urgentes en aplicación del Pacto de Estado en materia de violencia de género que aborda aspectos relacionados con la formación especializada de las Carreras Judicial y Fiscal y la introducción de pruebas de especialización para acceder a los órganos judiciales especializados.
Asimismo, en 2019, la Ley 3/2019, de 1 de marzo, de mejora de la situación de orfandad de las hijas e hijos de víctimas de violencia de género y otras formas de violencia contra la mujer, establece la "prestación de orfandad" para las hijas e hijos de mujeres fallecidas como consecuencia de violencia contra la mujer en aquellos casos en que la madre no hubiera cotizado previamente o no hubiera cotizado el tiempo mínimo para generar el derecho a la pensión de orfandad; al tiempo que mejora el régimen jurídico de la pensión de orfandad cuando el fallecimiento se haya producido como consecuencia de violencia contra la mujer. Además, se ha aprobado el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, que permite avanzar en la igualdad y la prevención de la violencia contra las mujeres en el ámbito laboral mediante la implantación de medidas para evitar el acoso sexual y por razón de sexo.
A lo largo de 2019 se ha ido progresando en el cumplimiento de las medidas del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, medidas cuya ejecución es una responsabilidad compartida por todas las administraciones públicas, instituciones y poderes del Estado.
Sin embargo, a pesar de los esfuerzos de todas las Administraciones Públicas y de la existencia de normas a nivel internacional, nacional y regional que garantizan el principio de igualdad de género y la prohibición de cualquier acto de violencia basado en el género, aún existe una brecha entre los principios consagrados en dichas normas y la práctica, entre la igualdad de género legal y la real y efectiva. Pese a los esfuerzos realizados hasta ahora, la violencia contra las mujeres persiste hoy en día. En España, en 2019, se ha alcanzado la trágica cifra de más de mil mujeres asesinadas por sus parejas o exparejas desde que comenzaron a registrarse estos asesinatos en 2003. Una violencia que se ha cobrado la vida de 1.027 mujeres y, desde 2013, de 34 niños y niñas menores, como consecuencia de la violencia ejercida sobre sus madres, y que, asimismo, ha dejado huérfanos a 275 menores por el asesinato de sus madres.
Por otra parte, la violencia sexual afecta desproporcionadamente a las mujeres y es una forma de violencia contra la mujer muy extendida en la sociedad: según la Macroencuesta de Violencia contra la Mujer 2015, el 13,7% de las mujeres residentes en España de 16 o más años ha sufrido, a lo largo de la vida, violencia sexual, una violencia que acarrea consecuencias muy graves sobre la salud física y psíquica de las víctimas.
Estas cifras ponen de manifiesto una realidad que no se puede normalizar ni banalizar, una violencia estructural hacia la mitad de la población de nuestro país, que impide la plena libertad, igualdad y seguridad de las mujeres y de sus hijos e hijas, por el exclusivo hecho de ser mujeres.
La erradicación de la violencia contra las mujeres no puede lograrse sin abordar las actitudes sociales que la toleran o justifican. En definitiva, reducir la aceptabilidad social de esta violencia es fundamental para prevenirla y nos exige un cambio en la cultura, las actitudes y los comportamientos machistas que la fomentan.
Por ello, es necesario seguir impulsando medidas que permitan prevenir la violencia contra las mujeres, en España y fuera de nuestras fronteras, fomentando la educación en valores de igualdad y respeto desde las etapas más tempranas, la coeducación de las niñas y niños en todas las etapas educativas, la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social, y mejorar los recursos de asistencia y protección a las víctimas, incluyendo a aquellas víctimas españolas que residen en el extranjero, garantizándoles la mejor respuesta institucional ante las situaciones de violencia. Ello exige el compromiso total y global del Gobierno de España, de las instituciones, de las administraciones territoriales y de toda la sociedad en el desarrollo de estas acciones.
Ante el reto de lograr una sociedad libre de violencia contra las mujeres todos tenemos una gran responsabilidad. Administraciones públicas, profesionales de los ámbitos de la seguridad, la justicia, la educación, los servicios sociales y sanitarios, empresas, asociaciones de mujeres, medios de comunicación y, en general, la sociedad civil en su conjunto, tenemos la misión de acompañar a las víctimas y de manifestar nuestro más absoluto rechazo a las actitudes violentas. Para ello, contamos con un instrumento integrador como es el Pacto de Estado contra la Violencia de Género, reflejo del consenso social y político en torno a la necesidad de que la lucha contra la violencia contra las mujeres sea un asunto prioritario en la agenda política con el fin de garantizar de forma efectiva el pleno ejercicio de los derechos y libertades fundamentales de las mujeres, sin los cuales no podremos disfrutar de una verdadera sociedad democrática".
Origen de los datos: sitio web de lamoncloa.gob.es
Ministerio de la Presidencia