Tirón de orejas del Supremo al Consejo de la Transparencia por negar información del Ayuntamiento de Las Torres de Cotillas a UGT Servicios Públicos

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El fallo del Supremo obligará a partir de ahora a admitir la solicitud de información sobre las corporaciones locales por parte de la ciudadanía

Tirón de orejas del Supremo al Consejo de la Transparencia por negar información del Ayuntamiento de Las Torres de Cotillas a UGT Servicios Públicos

UGT Servicios Públicos ha logado poner fin a la contradicción existente entre la Ley estatal de la Transparencia y la Ley autonómica, que no abarca el ámbito de las corporaciones locales. Un fallo del Tribunal Supremo reconoce al sindicato el derecho de acceso a la información del Ayuntamiento de Las Torres de Cotillas, negada primero por el consistorio y posteriormente por el Consejo de la Transparencia, quien se consideró no competente.

Este fallo supone un hito para el conjunto de la ciudadanía, ya que hasta ahora implicaba que las y los murcianos eran los únicos en el conjunto de España que no tenían garantizado un procedimiento de acceso a la información ante el Consejo de la Transparencia, situación insólita desde el punto de vista jurídico, toda vez que la Ley de Transparencia estatal es básica y la Región no puedo contravenirla.

Los hechos se remontan a 2017, cuando el presidente la Junta de Personal del Ayuntamiento de Las Torres de Cotillas, gobernado entonces por el PP, solicitó el acta de la Mesa General de Negociación, denegada por silencio administrativo. Así, UGT acudió al Consejo de la Transparencia de la Región de Murcia para solicitar dicha información, que inadmitió la reclamación por falta de competencia.

Ante esta situación, el sindicato recurrió al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) alegando que o bien, y de acuerdo con la cláusula se supletoriedad estatal del artículo 149.3 de la Constitución, se tenían que admitir dichas reclamaciones integrando a las administraciones locales, o bien habría que plantear cuestión de inconstitucionalidad por la contradicción existente entre ámbitos de aplicación de los artículo 2 de ley estatal y el 5 de la ley autonómica.

El TSJ murciano consideró que no existía ninguna indefensión para la ciudadanía, pues podía acudir a la jurisdicción contenciosa pidiendo la información solicitada a los ayuntamientos, por lo que el sindicato elevó la demanda al Tribunal Supremo, que ha resuelto que el Consejo de la Transparencia está obligado a admitir las reclamaciones de acceso a la información que se pidan a las administraciones locales porque le obliga Ley básica.

Teodoro Cánovas, entonces presidente de la Junta de Personal del Consistorio torreño y miembro de la ejecutiva regional de UGT Servicios Públicos muestra su satisfacción por este recurso, aunque también considera que "hemos perdido un tiempo valioso para lograr objetivos comunes por el enroque del equipo de Gobierno local de aquel momento, y esto es un hecho que sucede una y otra vez", por lo que espera "que tomen buena nota en este y en otros ayuntamientos y dejen de poner palos en las ruedas", al tiempo que destaca que el fallo del Supremo "viene a darnos la razón y facilitar el camino a todos y todas, no solo a las y los empleados públicos".

Por su parte, la letrada de UGT que ha defendido el tema, Dorleta Cutillas, considera que es un gran logro en materia de transparencia "pues las murcianas y murcianos no estaremos sometidos a los criterios interpretativos sin sustento jurídico y dependiendo de voluntades políticas: hoy la Región es más transparente por imposición Tribunal Supremo".

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