Murcia, 20 feb (EFE).- La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región ha confirmado la sentencia que un Juzgado de lo Social dictó el pasado mes de noviembre, y que consideró procedente el despido del empleado de una empresa que cometió cinco faltas en dos meses y que en una ocasión acudió ebrio al trabajo, "teniendo que ser levantado del suelo por un compañero".
La Sala, en esta sentencia a la que ha tenido acceso Efe, da por probado que este obrero de una empresa ubicada en Las Torres de Cotillas hizo una dejación de sus funciones y ocasionó pérdidas que la empresa, en la carta de despido, cifró en más de 16.000 euros, además de no obedecer las órdenes que se le daban.
El tribunal considera igualmente probado que en el transcurso de una reunión de trabajadores se acordó establecer un turno rotatorio para acudir los domingos y hacer determinadas comprobaciones para la mejora de la calidad de los productos que se fabricaban.
"Al salir de dicha reunión, afirma la sentencia, el demandante comentó a un compañero: "si se creen que voy a venir un domingo, lo llevan claro", y añade que cumplió esta advertencia y no se presentó en el lugar de trabajo el día que le correspondía.
El TSJ, al desestimar el recurso de este obrero contra la sentencia del Juzgado de lo Social que no avaló su demanda, señala que en su conducta ha existido desidia, y que "la sanción de despido no sólo reviste los caracteres de proporcionada por estar contemplada en el convenio colectivo, sino que también lo es por la persistencia en la actitud negligente y no respetuosa con las instrucciones recibidas". EFE