Aprobados los criterios de admisión de alumnos de Infantil a Bachillerato para el curso 2017-18

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El proceso para solicitar plaza se iniciará este jueves día 23 y finalizará el 5 de abril

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto de escolarización que regula todo lo relacionado con el proceso de admisión para el curso 2017/2018, en el que se estrena baremo para la elección de centros de los alumnos de la Región de Murcia.

El proceso se iniciará el 23 de marzo y finalizará el 5 de abril, periodo en el que se podrá solicitar plaza en Infantil 0-3 años y 3-6 años, Primaria, Secundaria Obligatoria y Bachillerato, y los centros en los que se pueden realizar estos estudios son escuelas infantiles de la Comunidad, escuelas infantiles municipales del Plan Educa3 del Ministerio de Educación, colegios públicos de Infantil y Primaria, colegios concertados e institutos de Secundaria.

Como novedad este curso, todos los padres podrán elegir libremente cualquier colegio o instituto de su municipio, ya que se extiende el distrito único a todos los municipios de la Región. Además, las madres podrán alegar su embarazo para el cómputo de familia numerosa y, en el caso de los niños prematuros que se escolaricen en Infantil, los padres podrán distinguir entre la edad legal que recoge la fecha de nacimiento y la edad corregida según el grado de madurez que presente el niño. Del mismo modo, las familias monoparentales tendrán dos puntos.

El decreto recoge una serie de medidas para facilitar la conciliación entre la vida profesional y familiar, como otorgar 10 puntos por tener un hermano en el mismo colegio y 2 por cada uno de los siguientes. Además, con el nuevo baremo se otorgan también puntos adicionales a las familias numerosas: 1 para familia numerosa general (3 hijos) y 2 para la categoría especial (más de 3 hijos).

Asimismo, se tiene en cuenta el criterio de la renta familiar: en escuelas infantiles 0-3 años con entre 0,5 y 5 puntos y en el resto de enseñanzas hasta 0,25, en ambos casos en función del nivel de renta. Otros criterios de puntuación significativos son el domicilio o lugar de trabajo en la zona escolar del centro (5 puntos); alumno discapacitado (4 puntos); y padres o hermanos discapacitados (0,5 hasta un total de 2 puntos).

Dentro de las prioridades a la hora de asignar centro a los alumnos, se atiende a la necesidad de transporte escolar, a la atención del alumno de altas capacidades, al cambio de domicilio forzoso por razones laborales o al derivado de actos de violencia de género.

Del mismo modo, cada municipio constituirá diversas comisiones de escolarización para supervisar el proceso de admisión. En estas comisiones estarán representados los centros, los ayuntamientos y las asociaciones de padres, siempre con la supervisión de la Inspección de Educación.

Además, el decreto recoge que cada centro determine en proceso de consulta cuál será en el baremo su punto de libre elección, de forma que valore las circunstancias propias de cara a solicitar sus plazas: ser hijo de antiguo alumno, matrícula en formación bilingüe, cercanía al centro o elección del centro en primera opción, entre otras opciones.

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