El Ayuntamiento pone en marcha el servicio para la cumplimentación de la declaración de la renta

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El alcalde y el delegado especial de la AEAT presentan el convenio por el cual el Ayuntamiento de Jumilla ofrecerá asistencia gratuita a las personas que necesiten ayuda para cumplimentar la declaración de la renta

El Ayuntamiento pone en marcha el servicio para la cumplimentación de la declaración de la renta

El alcalde de Jumilla, Enrique Jiménez, presentaba esta mañana, junto con el delegado especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, AEAT, Cristóbal Osete, el acuerdo de colaboración que el Ayuntamiento de Jumilla ha firmado con la AEAT, por el cual, se ofrecerá un nuevo servicio gratuito, para la asistencia de personas que necesiten ayuda para la cumplimentación de la declaración de la renta.

Según ha explicado el alcalde de Jumilla, "se trata de una colaboración muy positiva para los vecinos y vecinas de Jumilla, que facilitará el trámite, evitando además molestias como desplazamientos a otras localidades cercanas para la tramitación de la renta".

Por otra parte Cristóbal Osete, ha agradecido la predisposición del Ayuntamiento de Jumilla, en la puesta en marcha de este nuevo servicio, que por primera vez se ofrece en Jumilla, que "facilita a los ciudadanos la realización de la declaración de la renta, de forma gratuita y personalizada".

De esta manera, las personas interesadas encontrarán en el Ayuntamiento de Jumilla la ayuda que necesiten para realizar de forma correcta la declaración de la renta gratuitamente. El servicio se prestará en horario de martes y jueves de 10,00 a 14,00 horas, en las dependencias municipales del Ayuntamiento, y para acceder a él, será necesario e imprescindible pedir cita previa en el portal web http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Renta2013.shtml , o a través del teléfono 901 22 33 44 en horario de 9.00 a 19.00 horas de la tarde.

No podrán acceder al servicio de cita previa, aquellos contribuyentes que desarrollen Actividades Económicas (salvo los contribuyentes incluidos en el régimen de módulos); los que hayan realizado en el ejercicio 2013 más de dos transmisiones de inmuebles y/o acciones de distintos emisores; los que hayan arrendado más de un inmueble, o aquellos que en el ejercicio 2013 obtuvieron Rentas de Trabajo Personal iguales o superiores a 65.000 euros y/ o Rentas de Capital Mobiliario iguales o superiores 15.000 euros.

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