¿Qué reformas en los vehículos requieren de ITV previa?

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¿Qué reformas en los vehículos requieren de ITV previa? La Asociación de Entidades para la Inspección Técnica de Vehículos de la Comunidad de Madrid recuerda que algunas modificaciones en los vehículos pueden afectar a su seguridad, por lo que es obligatorio pasar la ITV una vez implementadas.

Algunos de los cambios más frecuentes están relacionados con la estructura del vehículo, el motor, la carrocería, la suspensión o los neumáticos.

La inspección técnica es un proceso obligatorio que garantiza el correcto estado de los vehículos y es una garantía para su circulación. Por ello, algunas modificaciones que los propietarios realizan, ya sea con un fin estético o para añadir funcionalidades, requieren que el vehículo pase la ITV una vez implementadas. De esa forma se comprueba que dichas reformas siguen haciendo apto al vehículo para circular y se garantiza que los cambios no repercuten en la seguridad del mismo.

La Asociación de Entidades para la Inspección Técnica de Vehículos de la Comunidad de Madrid, AEMA-ITV recuerda que una reforma es toda sustitución, incorporación o supresión realizada en un vehículo tras su matriculación que puede modificar alguna de las características del mismo o alterar los requisitos reglamentarios establecidos en el Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio.

Entre las modificaciones más frecuentes que requieren su paso por la ITV se encuentran los cambios en la estructura del vehículo. Por ejemplo, la instalación de un enganche para remolque o de barras antivuelco. Asimismo, las variaciones en el motor, como los aumentos de potencia, la instalación de turbo o las modificaciones en el sistema de escape también deben ser comprobadas en la inspección técnica para garantizar su compatibilidad con la normativa de emisiones y seguridad.

Las alteraciones significativas en la carrocería del vehículo, como la instalación de alerones, faldones o cambios en la altura del vehículo también son acciones que requieren de su paso por la ITV. Del mismo modo, en el caso de llevar a cabo cambios en la suspensión del vehículo se deberá acudir de nuevo a la inspección técnica al considerarse reforma. Otra de las modificaciones que se considera reforma es la instalación de neumáticos no equivalentes, es decir, los que no tienen las mismas características que los recomendados por el fabricante del vehículo en términos de tamaño, velocidad o capacidad de carga.

En este sentido, el presidente de AEMA-ITV, Jorge Soriano, ha destacado que "mantener los vehículos en condiciones óptimas y conforme a la normativa aplicable es responsabilidad de todos los conductores, contribuyendo así a la construcción de un entorno vial más seguro para todos".

Inspección física y de documentación

El proceso de inspección técnica tras una reforma en el vehículo se compone de dos fases: la inspección de documentación y la inspección física. Durante el primer paso, el titular del vehículo entregará en la estación de ITV la documentación necesaria, que varía en función de si es una reforma sin proyecto, con proyecto o si el vehículo pertenece a una persona física o a una empresa. Durante la inspección física, por su parte, los profesionales de la ITV evaluarán las modificaciones realizadas en el vehículo inspeccionado en atención a la documentación presentada.

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