La Ley de la Segunda Oportunidad perdona deudas con Hacienda y Seguridad Social

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Nueva Sentencia en Madrid exonerando deuda con Hacienda y Seguridad Social aplicando la Ley de la Segunda Oportunidad

La Ley de la Segunda Oportunidad perdona deudas con Hacienda y Seguridad Social

El Juzgado de lo Mercantil n° 17 de Madrid aprueba finalmente la exoneración de las deudas contraídas por esta madrileña frente a diferentes entidades privadas y públicas.

Gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad puede decir adiós definitivamente alas deudas que euros que tenía pendiente.

Este proceso, llevado a cabo íntegramente por la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, ha finalizado con éxito en apenas 10 meses.

Cancelar deudas privadas y públicas y comenzar de cero

Los efectos de una pandemia mundial siguen dejando personas afectadas.A pesar de tener unos ingresos estables que le permitían pagar (aunque con dificultades) sus deudas, la pandemia descuadró su economía. El estado de alarma hizo que su empresa dedicada a la carpintería, tuviera que cerrar debido a las restricciones.

Pronto empezó a notar como no llegaba igual de bien a final de mes y fue optando por realizar pequeños impagos pero sacar su familia adelante. La cuantía a deber iba aumentando, debido a unos intereses desorbitados, y cada vez más acreedores se hacían notar reclamando el pago y amenazando con embargos. Además, a la lista se unían incluso Administraciones Públicas como la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.

Entonces, fue cuando escuchó la existencia de esta Ley de la Segunda Oportunidad y decidió interesarse por su funcionamiento. Solicitó ayuda en la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad con despacho físico, entre otras ciudades, en Valencia capital. Al comprobar que cumplía todos los requisitos, los abogados de la Asociación le recomendaron declararse insolvente y acogerse al procedimiento

Requisitos que marca la Ley de la Segunda Oportunidad

Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos, que han cambiado con la reforma concursal. Estos son: la insolvencia del interesado, no haber sido exonerado los últimos 5 años y carecer de delitos de orden socioeconómico.

Esta resolución dictada el pasado 22 de junio concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a esta deudora libre de 10.050,96 euros, tan solo tiene que afrontar un plan de pagos voluntario durante cinco años debido a bajos ingresos propuesto para los créditos públicos no exonerables

Desde entonces, los acreedores del asociado no podrán reclamar ningún pago más a la ya ex-deudora ni incluirla en ficheros de morosos.

Otra exoneración más conseguida por la Asociación de Ayuda al Endeudamiento en la Comunidad de Madrid y no es la primera que incluye la cancelación de créditos de derecho público. Todas las exoneraciones y sentencias conseguidas por la Asociación están disponibles en su web.

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