El no poder compaginar la cuota mensual y los gastos necesarios para mantener a su familia le llevó a declararse insolvente y acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.
Los abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento han conseguido este logro en poco más de un año desde que el cliente les contactó.
¿Qué hacer cuando no tienes para pagar tus préstamos y aplazamientos de deuda?
Tras 15 años como autónomo dedicado la carpintería metálica y de madera, tuvo que cerrar debido a los constantes impagos por parte de sus clientes. Aunque logró quedarse en paz con sus trabajadores y proveedores, sí que quedó con algunas deudas pendientes de satisfacer a causas del negocio fallido: deudas con bancos y la Tesorería General de la Seguridad Social.
Pensando que con un nuevo empleo saldría adelante y habiendo encontrado trabajo poco después de quebrar su empresa, comprobó de primera mano que le era imposible afrontar los gastos mensuales necesarios para su subsistencia.
Con el tiempo el estrés iba aumentando por su esfuerzo y los impagos irremediablemente llegaron. Esto generó inmediatamente una alarma de las entidades que comenzaron a contactar con el deudor para reclamar la puntualidad de los cobros. Debido a que las entidades no empatizaron con la situación del prestatario, estos continuaban con las amenazas de embargo. Por supuesto, con la Seguridad Social solicitó un aplazamiento, el cual no pudo cumplir, debido a la alta cuota propuesta por la Tesorería.
Fue entonces cuando en marzo de 2022, con un estado de salud afectado por el acoso de las financieras, decidió buscar una forma de obtener un respiro. Solicitó el asesoramiento de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento y los abogados, tras comprobar que cumplía los requisitos, recomendaron acogerse al procedimiento.
No fue fácil para nuestro protagonista dar el paso, pero tras ser asesorado minuciosamente, los letrados consiguieron convencer al deudor y, gracias a ello, hoy ya no debe nada a nadie ni puede ser reclamado por ningún medio estas deudas.
En palabras de su letrado, Pepe Domínguez, miembro de la Asociación, "no es fácil asimilar que en un trámite aparentemente sencillo puedes decir adiós a reclamaciones de pago, ficheros de morosidad o embargos. No es algo poco frecuente, pero sí que podemos decir que cumpliendo los pasos que marca la Ley las opciones de sacar favorable un expediente son prácticamente plenas".
Requisitos que marca la Ley de la Segunda Oportunidad
El propio abogado ha querido resumir qué debe cumplir el deudor que se acoja a la Ley de la Segunda Oportunidad:
"En primer lugar, el interesado debe estar sobreendeudado y ser insolvente, es decir, objetivamente debe demostrar que no puede atender todos sus compromisos de pago si lo intenta compatibilizar con sus gastos cotidianos. En segundo lugar, debe carecer de antecedentes penales económicos y de sanciones tributarias muy graves en los últimos diez años. Y, por último, el no haberse acogido a este procedimiento con anterioridad. Estos son grosso modo los requisitos"
Una vez comprobados estos presupuestos se dictó la resolución definitiva el pasado 23 de junio concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a este deudor libre de pagar 44.133,80 euros incluyendo el perdón de su deuda con Seguridad Social.
En lo poco que llevamos de 2023, se puede observar un crecimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad. Tanto en las personas que se acogen a ella como en la aplicación por parte de los Juzgados. Todas las sentencias de la entidad son de acceso gratuito en su web.