El Real Decreto promulgado el 28 de junio, que modifica el decreto legislativo 1/2015, de 24 de julio, establece que "el suministro de los medicamentos y productos sanitarios hasta el lugar de destino y su seguimiento farmacoterapéutico serán responsabilidad del servicio de farmacia dispensador", es decir, el hospital, lo cual impide que sean oficinas de farmacia cercanas las que puedan realizar esta tarea, como había planteado FEFE. Señala el Observatorio del medicamento en su edición de mayo de este año.
Lo establecido, que va a adquirir carácter de ley, "nos priva a los (farmacéuticos) de dos cuestiones fundamentales: la responsabilidad en la dispensación, que será del servicio de farmacia dispensador (hospital), y la posibilidad de obtener un margen, ambas reflejadas en la propuesta de FEFE. Además, abre dos puertas hasta ahora cerradas: la dispensación al público fuera del hospital y la autorización a la distribución de interactuar directamente con los pacientes.
"Creemos dice el editor Enrique Granda en su carta editorial- que, alguien debería haber informado sobre todo esto a los farmacéuticos; lo que lleva a pensar, que se sigue negociando a espaldas de sus legítimos intereses, como en otros tiempos; o peor aún, no existe negociación ni protesta ante esta situación"..
"La propuesta de FEFE para la compra compartida y dispensación en las oficinas de farmacia de los medicamentos hospitalarios, que publicamos en el Observatorio correspondiente al mes de marzo, parece que ha sentado muy mal a quienes negociaban a las espaldas de todos, una solución cuyos beneficiarios no serán los farmacéuticos con farmacia"
"La cosa, al parecer, estaba tan cocinada y cocida, que se ha traducido en un Real Decreto Ley, promulgado el día 28 de junio, cuando el gobierno está en funciones, y tendrá que ser convalidarlo por la Diputación Permanente del Congreso, antes del día 23."