Maneras de acabar con el acoso de los acreedores

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Maneras de acabar con el acoso de los acreedores

La insistencia de las empresas de recobro para agobiar al deudor puede llegar a rozar lo ilegal por la amenaza o la intimidación que llevan a cabo. 

La Ley de Segunda Oportunidad puede ser la solución para muchas personas en situación de insolvencia.

Cuando se acumulan deudas, es frecuente recibir llamadas de los acreedores, a través de empresas de recobro, para reclamar los pagos. La insistencia de estas empresas intermediarias para agobiar al deudor puede llegar a rozar lo ilegal por la insistencia, la amenaza o la intimidación que llevan a cabo con las personas deudoras, generándoles una sensación de constante ansiedad.

En estas situaciones, la Ley de Segunda Oportunidad puede ser una solución eficaz. Siempre y cuando el deudor cumpla los requisitos, es un mecanismo que permite volver a empezar desde cero, sin deudas. El despacho de abogados Canarias Sin Deuda es especialista en la tramitación de esta ley.

Según Samuel Díaz, responsable de la oficina de Las Palmas de Gran Canaria, “estas llamadas insistentes pueden llegar a constituir un delito. Cuando el reclamo es insistente, si se recurre al acoso o las amenazas o cuando se hace pública la supuesta condición de deudor por ejemplo, con llamadas a familiares o al puesto de trabajo, se vulnera la protección de los datos personales del supuesto deudor, así como su honorabilidad y su imagen pública”.

Una vez que se inicia el trámite con la Ley de Segunda Oportunidad, según los abogados expertos de Canarias Sin Deuda, es posible llegar a saldar la totalidad de la deuda y poner fin al acoso de los acreedores.

En el primer contacto, los expertos analizan la situación de la persona endeudada y si es posible acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. Los requisitos son ser una particular o autónomo; ser un deudor de buena fe, es decir, no haber generado la deuda de forma consciente y confirmarse que se halla en una situación de insolvencia económica; que la persona endeudada no puede haber sido condenada por delitos contra el patrimonio, falsedad documental, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores en los últimos diez años. Si se cumplen, a partir de ese momento se puede iniciar la tramitación que conlleva la aportación de documentación y la implicación activa de la persona endeudada para poder llevarla a término. 

Hasta la fecha, el despacho de abogados Canarias Sin Deuda, con presencia en Gran Canaria, Tenerife y Lanzarote y gestionando casos en todo el archipiélago de forma telemática ha logrado la cancelación de más de tres millones de euros de deuda.

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