Aliter Abogados cancela 73.797 euros con la Ley de la Segunda Oportunidad

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Aliter Abogados cancela 73.797 euros con la Ley de la Segunda Oportunidad

Este es el caso de un cliente de Aliter Abogados al que se le han exonerado el total de los créditos a los que debía hacer frente; tras no lograr llegar a un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores se le aplicó la Ley de la Segunda Oportunidad y se recurrió al BEPI con el cual se ha logrado acabar con una deuda de 73.797€

Romper con las deudas: Ley de la Segunda Oportunidad

Es importante remontarnos a 2015 cuando se marca la norma en un Real Decreto – Ley de la Segunda Oportunidad; en ella se establece un procedimiento por el cual las personas físicas (bien sean particulares, como autónomos) pueden liberarse de sus deudas y empezar de nuevo.

La Ley de la Segunda Oportunidad se da en dos etapas: la primera es el Acuerdo Extrajudicial de Pago, que en caso de no dar resultado se procede a la segunda fase constituida por el Concurso Consecutivo. Por lo que este es el medio por el cual se propone la ejecución del BEPI (cuando no se han logrados acuerdos de pagos) y si el deudor no tiene capacidad de afrontar lo acordado durante el proceso. Como deudor se tiene un plazo para oponerse a la conclusión del concurso además durante este tiempo se debe solicitar el BEPI ante el juez.

Una vez presentado este los acreedores tienen cinco días para oponerse a la solicitud del deudor; si no hay una oposición el juez puede conceder el BEPI durante la conclusión del concurso.

¿Cómo funciona el BEPI?

Para empezar, los únicos que pueden solicitar el concurso consecutivo o Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho son el mediador concursal, el deudor y los acreedores. El BEPI es un beneficio que conlleva una serie de medidas y procedimientos que constituyen su funcionamiento, así como existen distintas modalidades como: el BEPI definitivo donde toda la deuda será anulada siempre que se cumplan una serie de condiciones como por ejemplo tener pagado el 25% de los créditos concursales. También existe el BEPI provisional, que será necesario que el deudor se acoja a un plan o programa de pagos, así como tener todas las obligaciones concursales al día y no haber recibido el beneficio de la exoneración en los últimos diez años. Y, por último, la revocación del BEPI provisional puede otorgarse si se comprueba que el deudor posee bienes no declarados y, por ende, han sido ocultados ilícitamente.

Solicitar el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho, acabar con las deudas

El primer paso que hay que hacer es realizar una solicitud de BEPI escrita y firmada por un abogado especialista en materia para presentarla ante el juez. Cuando este considere que se justifique y se cumplen los requisitos empezará el proceso legal. Al ser un procedimiento judicial, el beneficio podría tardar unos meses.

La decisión del Juez Concursal se da de manera automática; por lo que, como en el caso de este cliente del despacho de abogados valenciano, se exonera de manera inminente las deudas contraídas; y se libera al deudor. En Aliter Abogados estudian cada caso sin compromiso y guían y asesoran en todo momento del procedimiento; llegando a conseguir exonerar deudas tan importantes como la reciente destitución de una deuda de 73.797€.

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