En los últimos tiempos están aumentando los casos de Detenciones Policiales para ser puesto el detenido a disposición Judicial, cuando realmente, la detención es una medida excepcional
Según publica hoy mismo, como información legal en entrevista concedida por (Rinber Abogados Penalistas, Dirigido por Javier y Manuel Rincón Bernal, los casos en los que una persona es llamada por la policía para ir a comisaría, y que terminan detenidos por la policía, para posteriormente pasar a disposición judicial, se están disparando.
El bufete de abogados especialistas asistencia a detenidos urgencias 24 horas (Rinber Abogados Penalistas), explican que "últimamente, estamos observando con demasiada habitualidad, que se está usando, quizás, en exceso, el mecanismo de la “detención policial para puesta a disposición judicial, y este hecho es preocupante".
La detención de una persona o su ingreso en un calabozo o prisión, es una excepción frente a la regla general que debe ser, la libertad, o en su caso, la libertad provisional con algún tipo de medida cautelar. Se puede imponer algún tipo de medida, tipo fianza, tipo obligación de comparecer semanalmente en el Juzgado, etc...
"Es cierto, (y eso no lo vamos a negar, afirman, Javier y Manuel Rincón, abogados penalistas, especialistas en asistencia a detenidos 24 horas), que existen ciertos delitos que por su gravedad, o que por razón de la extensión de su condena, “pueden aconsejar” el hecho de proceder a la detención policial provisión para posteriormente poner a disposición judicial, en calidad de investigado, pero esto, no es extrapolable a todos los delitos. Hemos tenido que asistir, impávidos a detenciones de señoras, que por una razón u otra, han denunciando el robo de un bolso, (en muchas ocasiones por haberse gastado el dinero de la compra, en otros menesteres), que por tal razón han pasado la noche en el calabozo. Y eso, no es razonable".
Pero la excepcionalidad no se puede convertir en generalidad. Quiere esto decir, afirman, Javier y Manuel Rincón, abogados penalistas, especialistas en asistencia a detenidos, "no todos los que reciben una llamada para ir a comisaría a declarar, pueden ser detenidos, llevados a calabozos, (con todo lo que ello supone), retenido durante un largo lapso temporal, que puede demorarse hasta las 72 horas, para que después, el juez acuerde la libertad provisional con o sin fianza.
Y es que, desde nuestro punto de vista, el hecho de llamar a una persona para que declare en la comisaría de policía, y que efectivamente acuda a declarar, ya es un hecho muy significativo, de ser una persona, con una clara predisposición a la colaboración con la justicia. Nos parece bochornoso, y por eso lo denunciamos, que en algunos casos, pese a personarse a declarar en comisaría se practique una detención preventiva. No es de recibo."
En ocasiones, frente a este tipo de detenciones, excesivamente rigurosas, afirman, Javier y Manuel Rincón, abogados penalistas, especialistas en asistencia a detenidos, "nos vemos en la obligación de poner en marcha el mecanismo del Habeas Corpus, para que un juez determine si la detención policial se acoge o no a los criterios que establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal".
Acerca de Rinber Abogados
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