Memento Social de Lefebvre, la obra de referencia para comprender la nueva realidad laboral de España

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Memento Social de Lefebvre, la obra de referencia para comprender la nueva realidad laboral de España

Desde su primera edición hasta el momento actual, el Memento Social de Lefebvre es la obra imprescindible para los profesionales del sector laboral gracias a que incorpora en un único volumen el análisis práctico y riguroso de las cuestiones más destacables relativas al ámbito laboral y de la Seguridad Social.

La adaptación a la nueva realidad laboral en España de la edición pone de relieve la trascendencia del Memento Social 2021 que incorpora el estudio de numerosas novedades y reformas legislativas del último año, así como la más reciente y relevante jurisprudencia, tanto nacional como europea.

Lefebvre, empresa líder de España en información jurídica y práctica para el abogado, los asesores y la empresa, pone a la venta la edición actualizada del Memento Social, la obra clave para hacer frente a la nueva realidad laboral en un momento crucial de la expansión de la pandemia por COVID-19. Todos los profesionales del sector tienen la posibilidad de encontrar en el Memento Social 2021 desde las principales novedades legislativas tras la declaración del estado de alarma hasta la jurisprudencia de mayor relevancia y completamente actualizada del panorama nacional e internacional.

En el Memento Social 2021 de Lefebvre se encuentra el primer hito normativo del año; la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales para 2021, que contiene, el nuevo SMI (950  euros brutos mensuales; 13.300 anuales), los topes máximos y mínimos  de cotización y las bases y tipos de cotización del RGSS y de los regímenes especiales como RETA, Mar y Minería del Carbón, entre otros.

Cuotas y prestaciones

Por su trascendencia en el panorama laboral, la nueva edición de la obra recoge, además, la definición de la “posibilidad de moratoria en el pago de las cuotas con la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta” cuyo devengo sea entre los meses de diciembre de 2020 y febrero de 2021, para empresas, y entre enero a marzo de 2021 para trabajadores autónomos. También, refleja el establecimiento del tope máximo a las aportaciones y contribuciones empresariales anuales máximas a los planes de pensiones; las retribuciones del sector público durante 2021 y la revalorización de las pensiones públicas.

Por su carácter extraordinario, merecen subrayarse otros contenidos de la obra como son:

· Las nuevas prestaciones extraordinarias para los autónomos por el cese de actividad por el coronavirus;

· las medidas extraordinarias en materia de protección por desempleo por el coronavirus y la consideración excepcional como situación asimilada a accidente de trabajo (AT) de los periodos de aislamiento o contagio por COVID-19;

· la habilitación extraordinaria a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para vigilar el cumplimiento de las obligaciones en materia de salud pública por COVID-19 en los centros de trabajo.

En cuanto al procedimiento administrativo sancionador, se han incluido:

· las nuevas infracciones laborales a empresas que presenten solicitudes fraudulentas para la obtención de ERTE;

· la modificación del régimen sancionador con el reintegro de prestaciones indebidas de solicitudes;

· la relación detallada de turnos en la reducción de jornada por maternidad;

· la información sobre las condiciones de trabajo y reducción de jornada por circunstancias excepcionales de cuidado relacionadas con el coronavirus.

Nuevos decretos y nueva jurisprudencia

El 14 de abril del 2021 entrará en vigor el real decreto ley de igualdad retributiva entre hombres y mujeres. Como aparece explicado en el Memento Social 2021 las empresas con más de 50 trabajadores deberán contar con un registro retributivo para diferenciar los sexos de los trabajadores, los valores medios de los salarios, los complementos salariales y disponer, además, de una comparación del salario por categoría, grupo y puesto de trabajo relacionado con la jornada o la hora trabajada.

En cuanto a la aprobación de la Ley de trabajo a distancia, será a partir del 23 de septiembre de 2021, cuando se aplique si los convenios o acuerdos colectivos con condiciones sobre prestación de trabajo a distancia, no han previsto un plazo de vigencia, o un acuerdo expreso de vigencia de plazo superior, que como máximo podrá ser de tres años.

La jurisprudencia reseñada en la obra abarca instrucciones del Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional tan relevantes como la relacionada con el derecho al descanso y vacaciones de los abogados y las comunicaciones por LexNet y por otro lado, con la reparación integra del daño por accidente de trabajo. Entre otras, se hace mención y análisis de la decisión sobre el derecho de opción, no preferente, del Fondo de Garantía social (FOGASA) en el despido improcedente y el plazo de caducidad de la acción de despido notificado por burofax. 

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