Intervención quirúrgica de hernia discal que termina en fallecimiento, por Ramos Mesonero

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Intervención quirúrgica de hernia discal que termina en fallecimiento, por Ramos Mesonero

Condena por negligencia médica derivada de una intervención quirúrgica de hernia discal con resultado de fallecimiento

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado en lo relativo al fondo del asunto y a la indemnización, la sentencia dictada por la Magistrada titular del Juzgado de Primera Instancia número 69 de Madrid, Doña Beatriz López Frago, que estimaba la demanda presentada por los familiares de una paciente que falleció tras una intervención de hernia discal.

Los hechos se remontan al 28/10/2015, en que la paciente ingresa en el Hospital Quirón San Camilo de Madrid, realizándose una laminectomía bilateral L3-L4-L5, facectomías y foraminotomías con descompresión duro-radicular, artrodesis transpedicular a este mismo nivel, con maniobras de distracción-reducción con sistema de titanio POLARIS 5.5 by BIOMET y artrodesis transversas con injerto de hueso autólogo. Durante los cinco días de ingreso hospitalarios comprendidos entre el 28/10/2015, fecha de la intervención, y el 1/11/2015, fecha del alta hospitalaria, la paciente presentó elevación de leucocitos, arcadas, náuseas y vómitos.

Con estos resultados analíticos y con estos síntomas, es dada de alta el mismo día 1/11/2015, sin que en el informe del neurocirujano que hizo la operación, haga la más mínima mención a todas estas circunstancias acaecidas durante el postoperatorio. Justo al día siguiente, en menos de 24 horas, tiene que acudir su marido al Centro de Salud de La Garena perteneciente al Sistema Público de Salud, por presentar la paciente, vómitos oscuros, derivándola urgentemente al Hospital Príncipe de Asturias.

Ingresa por urgencias a las 10:24h, presentado incremento de disnea que se presenta hasta con mínimos esfuerzos, ruidos respiratorios, dolor plano torácico irradiado a espalda, vómitos de repetición, oscuros, escasos, líquidos y de contenido bilioso. Se realiza una analítica, donde los valores se han agravado aún más desde los que se realizaron en Quirón, alcanzando por ejemplo 21800 leucocitos; y se realiza un TAC torácico donde se visualiza la totalidad de la cámara gástrica dilatada a nivel torácico con contenido en su interior y derrame pleural bilateral.

Con fecha 17/11/2015, se realiza cirugía urgente mediante laparotomía, apreciándose la hernia de hiato conteniendo todo el estómago en el tórax, que se encuentra volvulado e incarcerado, y teniendo que hacer una reducción herniaria con reconstrucción hiatal, funduplicatura parcial y pexia gástrica. La evolución desde el punto de vista digestivo es favorable, pero presenta un cuadro de infección de herida quirúrgica a nivel lumbar de la cirugía sobre la espalda del 30 de octubre realizada en Quirón, que le condiciona un empeoramiento de su situación respiratoria y cardíaca, ante lo que se considera necesaria realizar un desbridamiento en quirófano y colocación de VAC por parte de traumatología. Según se describe en la hoja quirúrgica consistente en desbridamiento de herida quirúrgica realizada con fecha 20/11/2015, había dehiscencia en la parte más proximal de la herida que afectaba a la profundidad hasta visualizarse incluso las apófisis espinosas, con exudado de aspecto turbio. La paciente no puede superar esta grave situación y acaba falleciendo.

Tanto la Audiencia, como el Juzgado de Primera Instancia, tras la demanda interpuesta por el abogado José Antonio Ramos Mesonero, especialista exclusivamente en negligencias y errores médicos, aprecian que existió nexo causal entre la intervención de hernia discal y el desplazamiento de la cavidad abdominal, con la consiguiente infección y fallecimiento, mala praxis por realizar la intervención sin solucionar la gran hernia de hiato previa, por alta indebida y precipitada, y sin erradicar adecuadamente la infección, así como falta de información de este riesgo personalizado.

Se condena a la entidad aseguradora sanitaria FIATC que cubrió la asistencia al pago de 226928€, más intereses que alcanzan los 100870,46€.

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