Ayer 25 de marzo, la Federación Nacional de Industriales Fabricantes de Aceite de Oliva (INFAOLIVA), celebró en formato virtual una jornada informativa para sus socios.
La jornada versó sobre aspectos fundamentales que afectan actualmente a la actividad de las fábricas, como los contratos alimentarios y el pago a 30 días a sus cosecheros, la retirada obligatoria de aceite del mercado y el Proyecto de norma de calidad. Como ponentes de la jornada se contó con la presencia del Presidente de INFAOLIVA, Jesús Santolaya; su Vicepresidente, Manuel Alfonso Torres; su Secretario General, Enrique Delgado; su Secretaria General Adjunta, Ana Martínez, y el abogado José Luis Palma, del despacho de abogados Gómez-Acebo & Pombo.
En cuanto a la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, más conocida como la ley de la cadena, se recordaron los preceptos básicos de esta ley y sus modificaciones, concretamente la publicada el pasado febrero y que posteriormente fue asumida en su totalidad y derogada por la Ley 8/2020, de 16 de diciembre, por la que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación, en la que se recoge, entre otras cosas, la obligatoriedad de establecer un contrato alimentario entre cosechero y almazara, y la indicación en el mismo que el precio pactado cubre los costes efectivos de producción.
Asimismo, y como punto fuerte de esta exposición, se informó a las almazaras de la sentencia favorable, y en la que INFAOLIVA ha sido parte indispensable para su logro, que recoge que el pago al cosechero se ha de realizar en un máximo de 30 días desde que se transfiere la propiedad del producto a la almazara, para lo cual será necesario que el agricultor comunique fehacientemente y por escrito su intención de realizar dicha transmisión.
Otro punto tratado fue el Real Decreto 84/2021, de 9 de febrero, publicado el pasado mes de febrero y que viene a regular la retirada obligatoria de aceite de oliva del mercado cuando las condiciones de éste así lo justifiquen, estableciéndose normas de comercialización para regular la oferta para mejorar la estabilidad y funcionamiento del mercado del aceite de oliva para una campaña determinada.
En cuanto al Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba la norma de calidad de los aceites de oliva y de orujo de oliva, el Ministerio de Agricultura ha dado una nueva redacción a este proyecto de norma, el cual ha estado en 3ª audiencia e información pública del 3 al 12 de marzo, y a la que INFAOLIVA, junto con ASOLIVA, ANIERAC y ANEO, ha presentado nuevamente un escrito de alegaciones, en pro de los intereses del sector.
En relación a este proyecto de norma, se expuso a los asistentes los principales logros obtenidos tras las alegaciones presentadas a anteriores versiones de la norma, como por ejemplo la eliminación de la prohibición de envasar en PET el aceite de oliva virgen extra, o la eliminación de la obligatoriedad de separar las instalaciones de almazaras, extractoras y refinerías. Estas redacciones podrían haber sido excepcionales y muy lesivas para el sector.
Por todo lo expuesto, se destacó finalmente la importancia de contar con una organización fuerte y unida, que sea proactiva e influya en las normas que afecten al sector y defender los intereses de cada una de sus almazaras asociadas.