Un banco ha sido condenada a anular una tarjeta de un cliente de Murcia

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Los Juzgado están condenando a un conocido banco a anular sus tarjetas revolving además de por la USURA de sus intereses del 26,82% TAE por la FALTA DE TRANSPARENCIA de las condiciones generales de contratación de sus contratos

Un banco ha sido condenada a anular una tarjeta de un cliente de Murcia

La pasada semana un cliente de Don Recuperador, Eugenio , natural de la localidad murciana de Aljucer , ha recibido la extraordinaria noticia de que el Juzgado Nº 5 de Madrid ha condenado a un banco a ANULAR su tarjeta de crédito contratada originalmente con otra compañía. En su ejecución , la entidad cancelará la deuda del cliente teniendo que reembolsarle más de 3.000 € de intereses pagados desde que suscribió el contrato .

La compañía de servicios legales online , Don Recuperador, ha conseguido estos últimos días una decena de sentencias favorables para sus clientes contra un conocido banco donde los juzgados se inclinan por anular los contratos de las tarjetas por no superar el doble control de transparencia además de por la Usura de su interés remuneratorio.

El pasado 4 de Marzo, Tribunal Supremo dejó la puerta abierta para poder reclamar a las entidades de crédito la nulidad de este tipo de tarjetas de crédito revolventes o revolving además de por su interés usurario , por falta de transparencia en sus condiciones generales de contratación . En aquel fallo se resolvía un recurso de casación planteado por el banco contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Santander donde en la demanda solo se ejercitaba la acción de nulidad por intereses usurarios .

La citada sentencia del TS recoge :

QUINTO.- Decisión del tribunal (III): la determinación de cuándo el interés de un crédito revolving es usurario por ser notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso

1.- Aunque al tener la demandante la condición de consumidora, el control de la estipulación que fija el interés remuneratorio puede realizarse también mediante los controles de incorporación y transparencia, propios del control de las condiciones generales en contratos celebrados con consumidores, en el caso objeto de este recurso, la demandante únicamente ejercitó la acción de nulidad de la operación de crédito mediante tarjeta revolving por su carácter usurario.

Entre las diferentes sentencias favorables ganadas por DonRecuperador, los jueces han optado por anular los contratos de las tarjetas de crédito además de por la USURA ,indiscutible ya , sobre todo en las tarjetas de la entidad en cuestión, por la falta de transparencia en la contratación de estas .

Como ejemplo representativo , el Juzgado de 1ª Instancia Nª 60 de Madrid ha condenado esta semana a otro banco a anular el contrato de la tarjeta de crédito que el cliente había suscrito en un establecimiento al 19,55% TAE. Es importante esta sentencia porque ante la duda de poder reclamar con una TAE por debajo del 20% según el nuevo criterio establecido por el Tribunal Supremo en Sentencia de 4 de Marzo , este Juzgado ha decido anular el contrato por falta de transparencia e incorporación . En esta sentencia se recoge extractos como:

“dentro de un clausulado totalmente pre-impreso y pre-redactado, pero incumple las condiciones de claridad por varias razones:

En primer lugar porque la retribución del préstamo no está en el anverso de la única hoja principal donde consta la firma del consumidor. Se narran en el mismo unas condiciones particulares concertadas de forma telefónica y en el reverso que están grabadas y nada de ello se ha aportado.

El reverso es harto difícil de visionar y leer, necesitando a tal fin el Tribunal de elementos auxiliares de reproducción de tamaño de la letra tipográfica, para encontrar el pacto de retribución y poder tras tal rastreo, localizar y concretar el interés retributivo que además dado ser desproporcionadamente alto, conlleva una clara intención del predisponente de que no sea captado por el adherente, en este caso consumidor, a quien en tal tesitura, pasa por completo inadvertido, quebrando precisamente el fundamento y fin de las exigencias legales que reglamenta la forma de contratación seriada.”

Para la compañía , el momento más emocionante es notificar a un cliente que la sentencia ha sido favorable y que en ocasiones la larga espera ha merecido la pena , comenta el CEO de la compañía , Artemio Quijano .

“ Hay clientes que llevan pagando la tarjeta 20 años con cuotas bastante altas para su nivel de ingresos ; en ocasiones , pensionistas que no llegan a mileuristas que deben destinar un gran porcentaje sus ingresos al pago de una cuota de una deuda en muchos casos indefinida o perpetua .” La única forma de liberarse de esas deudas es reclamar judicialmente su NULIDAD porque de otra forma la deuda seguirá siendo legitima y por tanto reclamable por los agresivos departamentos de recobros de estas entidades financieras . “

Don Recuperador ha entendido que para que todo este tipo de clientes puedan reclamar lo que les pertenecen (definición aristotélica de justicia) hay que ayudarles, eliminando filtros y trabas como puede ser el modelo de negocio de esta plataforma legaltech : no se cobra ningún dinero por adelantado siendo la compañía quien corre con todos los gastos iniciales , y los honorarios finales están basados en el “ éxito de la demanda “ Si no se gana, no se cobra . Y si gana , se cobra un pequeño porcentaje de la cantidad recuperada más las costas del procedimiento .

Gracias a este modelo de trabajo que democratiza el acceso a la justicia, se ha conseguido animar a miles de consumidores para que demanden a estas entidades financieras cuyas tarjetas de crédito revolving han estado ahogando muchas economías familiares en lo peor de la crisis con intereses declarados abusivos por usurarios . 

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