Las infiltraciones son habituales en el deporte de alto nivel para permitir a los deportistas que padecen algún tipo de dolencia competir sin sufrir molestias. Esta práctica, especialmente cuando se produce por vía inyectable, estará prohibida a partir del 1 de enero de 2022 por la Agencia Mundial Antidopaje. Es uno de los aspectos más importantes que se han comentado en la mesa sobre dopaje del Congreso de la Sociedad Española de Medicina del Deporte, presidido por Pedro Manonelles, director de la Cátedra de Medicina del Deporte de la UCAM y presidente de SEMED. Este encuentro se celebra en la Universidad Católica de Murcia y hoy ha celebrado su segunda jornada.
Rosa Ventura, directora del Laboratorio Antidopaje de Catalunya, ha comentado que la principal novedad de la prohibición de glucocorticoides es que “se añaden unas nuevas vías de administración prohibidas, que son las inyectables locales. Esto tendrá un impacto muy importante en medicina deportiva, y por eso lo queremos explicar en este congreso. Se regulan las infiltraciones. Si un deportista, por un tema médico, lo necesita, se debe presentar un informe médico solicitándolo y, si se acepta, podrá hacerlo. De esta forma se racionalizará y se controlará este tipo de tratamiento”.
José Luis Terreros, director de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte (AEPSAD), ha destacado la importancia de que este mensaje llegue a todos los ámbitos de la medicina deportiva para que no haya sorpresas desagradables en los primeros meses de 2022: “Lo estamos anunciando a todos los compañeros, y este foro es un escenario ideal para lanzar el último mensaje antes de que termine el año”.
El doctor Terreros ha comentado también que la nueva Ley del Dopaje española está a punto de ser aprobada y traerá algunas novedades interesantes: “Los deportistas aficionados van a tener un régimen sancionador más suave porque no pensamos que merezcan el mismo castigo que aquellos que ganan dinero y que están a un nivel más alto. Y aparece la figura de personas protegidas, que son los menores de edad o los que, por alguna discapacidad, no tienen capacidad jurídica y que compiten porque son deportistas de alto rendimiento. Su régimen sancionador es más leve pero mucho más agravado para quien los dope, que puede ser sancionado a perpetuidad, no pudiendo trabajar profesionalmente en el ámbito deportivo”.