El TSJ avala la suspensión cautelar de la demolición de la cárcel de San Antón, que también aprobó el Pleno sin la oposición de ningún grupo

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El Ayuntamiento de Cartagena no ha concedido licencia para derribar el histórico centro penitenciario porque su grado de protección está aún pendiente de sentencia judicial

El TSJ avala la suspensión cautelar de la demolición de la cárcel de San Antón, que también aprobó el Pleno sin la oposición de ningún grupo

El Ayuntamiento de Cartagena no ha concedido licencia para la demolición de la antigua cárcel de San Antón porque su grado de protección está aún pendiente de sentencia judicial. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (TSJ) avala la decisión del Consistorio de suspender cautelarmente la demolición hasta que exista sentencia firme para evitar un mal irreversible, cómo sería el derribo del pabellón de reclusos. 

En este mismo sentido lo aprobó el Pleno del Ayuntamiento, sin la oposición de ningún grupo.

Cabe recordar que el Ayuntamiento no ha paralizado la demolición por un capricho, sino porque hasta la fecha se han incoado dos procedimientos por parte de la Dirección General de Bienes Culturales (DGBC), que han obligado a solicitar autorización y suspender el procedimiento de concesión de licencia de demolición hasta que los tribunales aclaren el grado de protección, ya que la DGBC amplió la protección y la propiedad lo recurrió.

El 22 de marzo de 2017, la DGBC inició el procedimiento para declarar el edificio bien inventariado, a raíz de una solicitud de CTSSP en enero de 2017 (antes de que la propiedad solicitara licencia de demolición).

En dicho procedimiento, la DGBC estableció la necesidad de que el Ayuntamiento le solicitara autorización antes de otorgar licencia para cualquier actuación sobre este inmueble.

Así se hizo por parte del Ayuntamiento, mediante resolución de 18 de abril de 2017. 

El Ayuntamiento no recibió respuesta y reiteró su petición el 4 de agosto de 2017.

Transcurrieron siete meses hasta que el 29 de noviembre de 2017 la DGBC autorizó las obras, estando durante ese tiempo el expediente en suspenso.

En ese momento se reanudó la tramitación del expediente de demolición, con la pertinente solicitud de informes y reparos a la propiedad.

El 10 de abril de 2018, la DGBC declaró la caducidad del expediente de 2017 e inició otro, con la misma medida cautelar de necesidad de solicitar autorización previa a la DGBC antes de autorizar ninguna actuación.

Como consecuencia, se reanudó el expediente de demolición con el nuevo proyecto presentado por la propiedad, la pertinente solicitud de informes y de reparos.

El 5 de julio de 2018 el Ayuntamiento requirió nuevamente autorización a la DGBC, que tardó en emitirla seis meses. Mientras, el expediente de demolición estuvo en suspenso, por lo que se reiteró de nuevo la petición y se recibió  el 10 de enero de 2019.

Contra esa resolución se interpuso recurso de alzada y requerimiento previo por la autorización de obras, lo que desembocó en el recurso contencioso-administrativo ante la Sala del TSJ por parte del Ayuntamiento.

Este mes, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ volvió a dar la razón al Ayuntamiento de Cartagena y acordó nuevamente la suspensión cautelar del derribo del pabellón de reclusos de la antigua cárcel de San Antón. 

Por todo ello, el Equipo de Gobierno considera que no existe prevaricación de ningún tipo y que se han seguido los trámites y plazos establecidos por la DGBC y por la normativa, y se ha respetado el mandato soberano del Pleno.

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