La Agencia Regional de Recaudación amplía sus servicios con la gestión de los tributos del Ayuntamiento de Cartagena fuera del municipio

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La Agencia Regional de Recaudación gestionará los tributos y otras deudas no tributarias del Ayuntamiento de Cartagena gracias a la suscripción de un convenio con el citado consistorio. Con este convenio son ya 31 los municipios de la Región que han delegado funciones de recaudación en este organismo autónomo, que registró un incremento medio por la recaudación de sus tributos del 8,25 por ciento con respecto a 2007.

En concreto, el convenio establece la delegación del Ayuntamiento de Cartagena en la Agencia Regional de Recaudación la función recaudatoria en período ejecutivo de los tributos y demás deudas no tributarias, precios públicos y otros ingresos de derecho público cuya titularidad corresponda al Ayuntamiento, cuando el domicilio fiscal del deudor se encuentre fuera del ámbito territorial del municipio o de la Región de Murcia, y que ascienden para el ejercicio 2009 a 250.000 euros.

Con su entrada en vigor se han incorporado nuevos servicios telemáticos de gestión recaudatoria que la Agencia Regional de Recaudación pone a disposición del Ayuntamiento de Cartagena a través de su Oficina Virtual y que beneficiarán a los ciudadanos, quienes podrán realizar sus pagos a través de internet y efectuar todo tipo de trámites vía web relacionados con la gestión recaudatoria, tales como aplazamientos y fraccionamientos, devoluciones de ingresos indebidos, solicitudes de información y otros.

Los ciudadanos también podrán utilizar los servicios administrativos que se prestan mediante correo electrónico. De esta forma, los ciudadanos que así lo soliciten, pueden obtener documentos de ingreso y recibir todo tipo de información relacionada con la tramitación de sus expedientes. El Ayuntamiento de Cartagena podrá beneficiarse, además, de los acuerdos suscritos entre la Comunidad Autónoma, a través de la Agencia Regional de Recaudación, y la Agencia Estatal de Administración Tributaria para la recaudación de los derechos económicos del consistorio fuera del territorio de la Comunidad.

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