La Policía Local de Caravaca realiza controles a pie para garantizar el uso correcto de la mascarilla por parte de la población

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La Policía Local de Caravaca realiza controles a pie para garantizar el uso correcto de la mascarilla por parte de la población

El Decreto Ley aprobado por la Región de Murcia fija como obligatorio el uso de este elemento de protección para evitar posibles contagios por COVID-19, contemplando casos excepcionales, como los menores de seis años o personas por prescripción médica, entre otros

0. La Concejalía de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Caravaca ha puesto en marcha un dispositivo especial de patrullaje a pie por parte de los agentes de la Policía Local para garantizar el cumplimiento de la normativa aplicable en la Región de Murcia sobre el uso obligatorio de mascarilla en lugares públicos abiertos o cerrados, aunque se pueda mantener la distancia de seguridad. La medida pretende proteger a la población para evitar posibles contagios por COVID-19.

El concejal responsable del área, José Santiago Villa, ha informado que "aunque el comportamiento de la mayoría de la sociedad es el correcto desde que entró en vigor la norma el pasado lunes, los agentes deben velar por el interés general y el cumplimiento de la misma, procediendo a sancionar aquellos casos excepcionales que ponen en riesgo la salud de los demás".

Asimismo, ha recordado que se contemplan salvedades en cuanto a la obligatoriedad de llevar la mascarilla, como por prescripción médica facultativa, personas menores de seis años o en la práctica de deporte individual al aire libre, entre otras.

El Decreto Ley aprobado hoy, miércoles 16, por el Consejo de Gobierno fija multas de entre 100 y 600.000 euros, según sea la gravedad de las faltas cometidas dentro del protocolo de prevención y contención del coronavirus. Se consideran infracciones leves no respetar la obligación de uso de mascarillas o uso inadecuado de las mismas, con una sanción de 100 euros.

Las faltas graves vuelven a incidir en el incumplimiento de los límites de aforo o del número máximo de personas permitido a los establecimientos.

También se considerará grave la organización de reuniones, fiestas o cualquier otro tipo de acto esporádico o eventual, en espacios públicos o privados, en los que se produzcan aglomeraciones que impidan o dificulten la adopción de las medidas sanitarias de prevención. En este punto están incluidas celebraciones como botellones y eventos familiares en los que no se adopten las pertinentes acciones de protección de los asistentes. La sanción irá de los 3.001 a los 60.000 euros.

Por último, y dentro de las infracciones muy graves, sancionadas con multas que pueden alcanzar los 600.000 euros, se tipifican conductas que incumplan las medidas generales cuando este comportamiento pueda suponer un riesgo de contagio a más de 100 personas, y la realización de actividades que hayan sido expresamente suspendidas y el reiterado deber de aislamiento domiciliario acordado por la autoridad sanitaria.

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