El Ayuntamiento abre una oficina de información de las ayudas del Plan de Vivienda 2013/2016

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El ciudadano recibirá información y asesoramiento gratuito sobre las subvenciones para alquiler de viviendas y rehabilitación de edificios

La oficina permanecerá abierta todos los jueves desde el 28 de enero hasta el 3 de marzo, de 9.00 a 14.00 horas

El Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz pone a disposición de los vecinos una oficina del Plan de Vivienda 2013/2016, en la que se informará de las subvenciones enmarcadas en dicho plan, además de prestar asesoramiento sobre los procedimientos requeridos para tramitar la solicitud de las ayudas económicas.

Este punto de información se encuentra situado en las dependencias de la Oficina de Transparencia y Participación Ciudadana, situada en la calle Cuesta del Castillo, número 2, y estará en funcionamiento a partir de mañana, 28 de enero, y hasta el próximo 3 de marzo, de 9.00 a 14.00 horas, todos los jueves.

Las ayudas y subvenciones para las que se encuentra abierto el plazo de solicitud son: 'Ayudas para el alquiler vivienda' y 'Subvenciones para la rehabilitación de edificios'.

Ayudas para el alquiler de viviendas

El objeto de esta ayuda es la financiación de parte de la renta a satisfacer por los arrendatarios de las viviendas alquiladas, facilitando el acceso y la permanencia en las mismas a personas pertenecientes a sectores de población con escasos medios económicos.

Podrán ser beneficiarios las personas físicas mayores de edad que reúnan todos y cada uno de los requisitos siguientes: Ser titular o estar en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento de un inmueble situado en la Región de Murcia; que la vivienda arrendada o a arrendar constituya se residencia habitual y permanente del arrendatario; que todas las personas que tengan o vayan a tener su domicilio en la vivienda arrendada (unidad de convivencia) posean la nacionalidad española, o la de alguno de los estados de la Unión Europea, o se trate de extranjeros no comunitarios con residencia legal en España; que la renta establecida en el contrato de arrendamiento no supere la cuantía de 500 euros mensuales y que los ingresos de las personas que tengan, o vayan a tener, su domicilio en la vivienda sean en su conjunto superiores a 0,5 el IPREM.

Se concederás ayudas de hasta el 40% de la renta anual que deban satisfacer por el alquiler, con un límite máximo de 200 € mensuales y de 2.400 euros anuales por vivienda. Las ayudas solo podrán disfrutarse durante un año, siendo la fecha final el 31 de diciembre de 2016 o hasta agotarse la partida presupuestaria.

El plazo de presentación finaliza el 29 de febrero.

Subvención para la rehabilitación de edificios

El objeto de la subvención son obras y trabajos de conservación, eficiencia energética y accesibilidad en: Instalaciones y equipamientos propios, espacios privativos comunes de edificios colectivos anteriores a 1981 y los edificios con graves daños estructurales o de otro tipo.

Los beneficiarios son comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios y propietarios únicos de edificios de viviendas.

La cuantía máxima de la subvención no podrá superar los 11.000 euros por vivienda y por cada 100m2 de superficie útil. Tendrá como límite el 35% del coste subvencionable de la actuación (50% en caso de mejora de la accesibilidad).

El plazo de presentación finaliza el 29 de febrero.

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