Dentro de esta modalidad podemos distinguir dos tipos de ayuda totalmente diferenciadas:
Ayudas no periódicas de inserción y protección social.
Estas ayudas se conceden una sola vez, a unidades familiares o convivenciales, personas y grupos, para las siguientes finalidades:
- Acondicionar el medio habitual de convivencia de los solicitantes.
- Equipamiento básico de carácter personal o doméstico.
- Prestar apoyo económico a personas, grupos o unidades familiares, en supuestos de circunstancias excepcionales.
Podrán ser beneficiarios y solicitantes de estas ayudas las personas, grupos o familias:
- Que residan en la Región de Murcia al menos 6 meses antes de la solicitud.
- Que carezcan manifiestamente de ingresos económicos para hacer frente a la necesidad objeto de la solicitud.
El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 30 de Abril.
Ayudas especiales para la atención de circunstancias de carácter excepcional.
Estas ayudas están destinadas a atender las situaciones individuales o familiares de las personas que, afectadas por circunstancias de carácter excepcional y en situación de grave necesidad, no puedan ser atendidas a través de otros recursos.
Podrán ser solicitantes las personas que:
- Residan y figuren empadronadas en la Región de Murcia.
- Carezcan de recursos propios suficientes.
- No tengan acceso a otros recursos para atender la necesidad para la que solicita la ayuda.
El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 15 de Noviembre.